La Generalitat quiere una Constitución "participativa" para Cataluña si sale el "sí" en octubre

  • Si en el referéndum del 1 de octubre saliera adelante la independencia, se activaría la redacción de una Constitución "de base ciudadana".
  • El proceso, asambleario, tendría una duración de seis meses, tras lo cual habría unas elecciones constituyentes.
  • Así lo asegura en el nuevo borrador de la Ley de Transitoriedad Jurídica al que ha tenido acceso el periódico El País.
Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat.
Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat.
EUROPA PRESS
Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat.

Según el diario El País, que ha tenido acceso al segundo borrador de la Ley Fundacional de Transitoriedad (LFT), conocida como 'Ley de ruptura', si el referéndum previsto para el próximo 1 de octubre tuviera un resultado favorable a la independencia de Cataluña, la Generalitat activaría un proceso "participativo de base ciudadana" de cara a la redacción de una nueva Constitución de la República de Cataluña.

El proceso para tener la nueva constitución implica un proceso asambleario de seis meses al que seguirían unas elecciones constituyentes, uno de cuyos objetivos sería la redacción de la nueva constitución. En tanto se llevara acabo esa nueva Carta Magna, la LFT, que se asemeja auna 'preconstitución', sería la norma suprema.

Ese proceso constituyente, junto a la intención de potenciar la búsqueda de apoyos de En Comú Podem, son las principales novedades de un documento cuya primera versión también adelantó El País a finales de mayo y que ha sido elaborado conjuntamente por Marta Rovira, secretaria general y número dos de ERC y portavoz de Junts pel Sí en el Parlament catalán, y Jordi Turull, presidente del Grupo Parlamentario de Junts pel Sí y miembro de la dirección del PDeCAT.

Este documento, hoja de ruta del proceso independentista que consta de siete capítulos y 71 artículos, está previsto que se presente a mediados de julio. En esta nueva versión se ha eliminado el polémico punto que afirmaba: "Si el Estado español impidiera de manera efectiva la celebración del referéndum, esta ley entrará en vigor de manera completa e inmediata cuando el Parlamento constate este impedimento".

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