El Tribunal Supremo deniega la indemnización de cuatro millones de euros a Dolores Vázquez

  • Pasó 17 meses en prisión, acusada de la muerte de Rocío Wanninkhof en 1999.
  • La Audiencia Nacional ya le denegó la indemnización en octubre de 2012.
  • Esgrime que la base elegida para pedir esa compensación es errónea.
Dolores Vázquez, acusada y posteriormente absuelta del asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999.
Dolores Vázquez, acusada y posteriormente absuelta del asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999.
EFE / ARCHIVO
Dolores Vázquez, acusada y posteriormente absuelta del asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999.

El Tribunal Supremo ha denegado este miércoles a Dolores Vázquez, quien pasó 17 meses en prisión acusada de un crimen del que finalmente fue exculpada, el asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999, la indemnización de cuatro millones de euros que reclamaba.

Vázquez fue condenada y luego exculpada de la muerte de la joven de Mijas (Málaga) Rocío Wanninkhof en 1999 y por ese motivo pidió una indemnización que la Audiencia Nacional ya le denegó en octubre de 2012.

Ahora el Supremo confirma aquella denegación y repite la misma fundamentación jurídica que la Audiencia ya esgrimió contra la defensa de Dolores Vázquez: que la legislación elegida como base para pedir la compensación fue errónea.

En efecto, según el Tribunal Supremo, la demanda fue presentada aludiendo al artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en lugar del 293, que es el adecuado al caso. La Sala de lo Contencioso del Supremo señala que "no se excluye la pretensión indemnizatoria porque se cuestione la culpabilidad o no de la recurrente que, insistimos, nunca se ha cuestionado, sino que la vía procedimental elegida sea la oportuna conforme a nuestra legislación".

La sentencia cuenta con un voto particular, firmado por la magistrada Margarita Robles, para quien se le debería haber concedido la indemnización a Vázquez por el tiempo que pasó en prisión, ya que ahora le resultará imposible acudir al artículo que le señala el tribunal porque ya ha transcurrido el plazo de tres meses previsto para hacerlo.

Condenada a 15 años

Vázquez fue condenada en septiembre de 2001 a 15 años de cárcel y posteriormente absuelta del asesinato de Rocío Wanninkhof, por el que fue finalmente condenado el británico Tony Alexander King.

Por ese "error judicial" Vázquez reclamaba una indemnización de cuatro millones de euros por responsabilidad patrimonial del Estado derivada de un anormal funcionamiento de la Administración de Justicia, indemnización que le ha sido definitivamente denegada.

Vázquez pidió su indemnización a través del artículo 294, un artículo de la LOPJ que, tras una doctrina establecida por el Supremo en noviembre de 2010, quedó limitado a los casos de "inexistencia objetiva del hecho imputado", es decir, para casos en los que se demuestre que, por ejemplo, no ha habido asesinato sino muerte accidental. Pero Vázquez no reclama eso, sino que ella fue inocente.

Un jurado declaró culpable a Vázquez en 2001 pero, en febrero de 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló aquella sentencia al considerar que no estaba debidamente motivada. Vázquez fue puesta en libertad bajo fianza, decisión que ratificó el Supremo. Al ser detenido Tony Alexander King (18 de septiembre de 2003) en Alhaurín El Grande (Málaga) y autoinculparse ante el juez de las muertes de Rocío Wanninkhof y Sonia Carabantes, se suspendió el nuevo juicio contra Vázquez, que fue finalmente exculpada.

El Ministerio de Justicia propuso inicialmente indemnizar a Vázquez con 120.000 euros por el daño ocasionado por su ingreso en prisión, pero informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Ministerio del Interior fueron contrarios a reconocer el error cometido, por lo que se le negó la indemnización. Vázquez acudió ante la Audiencia Nacional (AN) contra esas decisiones, pero la AN le denegó la indemnización por los mismos motivos a los que ahora se acoge el Supremo.

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