Corporación Dermoestética, condenada a indemnizar con 9.071 euros a un paciente al que tuvo que operar 4 veces

  • El juez considera que la Corporación no informó apropiadamente al paciente de los riesgos en los que incurría a la hora de operarse.
  • El paciente se sometió a una operación de reducción de las bolsas en los ojos.
  • La operación salió mal y tuvo que ser operado otras tres veces más, quedándole secuelas.
  • La Corporación se defiende asegurando que el cirujano le advirtió de forma oral.
La Audiencia de Valencia ha condenado a Corporación Dermoestética a pagar 9.071 euros de indemnización a un paciente que no fue informado de los posibles riesgos de una operación de bolsas en los ojos y que
tuvo que ser sometido a otras cuatro intervenciones a consecuencia de las secuelas.

Así lo indica una sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial, que considera que esta empresa de cirugía estética infringió el "deber de información", la cual tiene que ser "completa y asequible, debiendo advertir de cualesquiera secuelas, riesgos, complicaciones y resultados adversos que se puedan producir".

Hasta cuatro operaciones

El paciente se sometió a una intervención quirúrgica para eliminar las bolsas de sus ojos el 3 de febrero de 2003 y, transcurridos unos días, comenzó a sentir tirantez al cerrarlos, escozor y hundimiento en los párpados.

Ante esta situación, la compañía le sometió a otra operación en el párpado superior derecho en diciembre de ese mismo año, pero las molestias continuaron, y fue nuevamente intervenido en febrero de 2004.

En mayo fue operado otra vez para "corregir la deformidad" ocasionada por las anteriores intervenciones, y en septiembre fue operado de nuevo.

Según Corporación Dermoestética, los cirujanos actuaron con "la debida diligencia", y al paciente "se le dio antes de la intervención una información correcta y adecuada", advirtiéndole "de forma expresa de los posibles problemas que, al final, desgraciadamente, surgieron", relata la sentencia.

Se le prometió una cosa y se le dio otra

El fallo recuerda que el paciente se sometió a una operación para mejorar su aspecto estético, lo que jurídicamente se aproxima a un contrato de obra, por lo que "el resultado prometido y no obtenido, y no los medios que se ponen a disposición, sería suficiente para responsabilizar al facultativo".

En estos casos de "medicina voluntaria", el deber de información "se acrecienta", ya que, al no ser una intervención necesaria y tener libertad para rechazarla, el paciente debe conocer todos los riesgos, "aunque sean remotos, poco probables o se produzcan excepcionalmente".

Corporación Dermoestética alega que el cirujano informó "verbalmente al paciente" de la posibilidad de que surgieran complicaciones.

Sin embargo, el tribunal no puede considerar "acreditada" esa información "únicamente" por la declaración que prestó el cirujano, por lo que, al no haber otra prueba que lo constate, estima que se infringió esa obligación.

Según la sentencia, "existe una infracción del deber de información", ya que al paciente "no se le informó de la complicación que surgió con posterioridad, no constando que se le explicara verbalmente el alcance de la intervención y de sus consecuencias".

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