El Supremo confirma la sentencia de 4 años para Carlos Fabra, que tendrá que entrar en prisión

El expresidente de la Diputación y del PP en la provincia Carlos Fabra.
El expresidente de la Diputación y del PP en la provincia Carlos Fabra.
EFE
El expresidente de la Diputación y del PP en la provincia Carlos Fabra.

El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la condena de cuatro años de prisión que impuso la Audiencia de Castellón al expresidente de la Diputación del PP provincial Carlos Fabra por cuatro delitos contra la Hacienda Pública en el conocido como caso Naranjax. De este modo, el que fuera máximo dirigente de la provincia durante años tendrá que ingresar en prisión.

El exbarón provincial ya manifestó, tras conocer el fallo de la Audiencia, que recurriría a todas las instancias posibles, aunque dejó claro que no tenía pensado pedir el indulto, lo que evitaría al Gobierno de Mariano Rajoy tener que pronunciarse sobre este caso.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pedían aumentar de 4 a 8 años de cárcel la condena para Fabra, mientras su defensa solicitó la libre absolución.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, además, ha rebajado a un año de prisión por un delito contra la Hacienda Pública la pena a la exmujer de Fabra, María de los Desamparados Fernández, al estimar parcialmente el recurso de casación presentado contra la sentencia que la condenó a dos años de prisión.

Además del recurso de Carlos Fabra, la Sala Segunda ha rechazado los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado (a los que se adhirió la Unión de Consumidores).

Si por algo se ha caracterizado la instrucción de este procedimiento, en el que se investigaron supuestos favores en la tramitación de productos fitosanitarios, es por las continuas dilaciones en los tiempos judiciales.

Diez años de instrucción y nueve jueces

El caso Naranjax se convirtó en un auténtico maratón judicial cuya instrucción se ha prolongado a lo largo de una década y de multitud de cambios en el juzgado de Nules encargado de la causa, por la que pasaron hasta nueve jueces.

El origen de este proceso se sitúa en diciembre de 2003, cuando el empresario Vicente Vilar, propietario de la firma Naranjax y hasta entonces amigo de Fabra, presentó dos querellas en los juzgados de Nules en las que acusaba al expresidente de la Diputación de cobrarle dinero a cambio de favorecer a su empresa en la comercialización de productos fitosanitarios. A esta denuncia, en 2005, se sumó otra de la Agencia Tributaria por presunto fraude fiscal, que el juzgado admitió a trámite y anexionó al proceso ya abierto.

Durante todo este tiempo, la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado algunas resoluciones que posteriormente han sido revocadas por el Tribunal Supremo. La primera de mayor calado fue en diciembre de 2010, cuando la sección segunda sobreseyó la causa por supuestos delitos fiscales cometidos entre los años 2000 a 2003 —cuatro de los cinco por los que estaba siendo investigado— al considerar que no se había producido un acto de interposición judicial que interrumpiera el plazo de prescripción de estas conductas.

El Tribunal Supremo (TS) revocó esta decisión al considerar que no podían declararse prescritos los delitos fiscales que se le imputaban inicialmente al expresidente del PP de Castellón, acogiendo así los recursos que habían presentado Fiscalía, la Abogacía del Estado y la Unión de Consumidores.

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