El Gobierno tramitará una ley de abdicación y la coronación será entre el 30 de junio y 3 de julio

  • Así lo estipula el artículo 57.5 de la Constitución.
  • El Gobierno se reunirá este martes para aprobar esa ley, que luego deberá ser refrendada por las Cortes por mayoría absoluta.
  • En 36 años de Constitución, ningún Ejecutivo ha sico capaz de desarrollar una ley de la Corona que regulase situaciones como esta.
  • El príncipe Felipe será proclamado Rey de España, bajo el nombre de Felipe VI, "entre el 30 de junio y 3 de julio", según fuentes oficiales a 20minutos.
  • MINUTO A MINUTO: Todos los hechos sobre la abdicación del rey, en directo.
Imagen de una sesión del Consejo de Ministros.
Imagen de una sesión del Consejo de Ministros.
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Imagen de una sesión del Consejo de Ministros.

El rey ha decidido abdicar, según anunció este lunes el presidente del Gobierno, pero su renuncia no será oficial hasta que el Consejo de Ministros apruebe una ley orgánica que permita que esa abdicación sea legal. Así lo exige el artículo 57.5 de la Constitución: "Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica". Y así lo ha confirmado el presidente Mariano Rajoy, que ha anunciado que este martes habrá un Consejo de Ministros extraordinario para que se apruebe esa ley orgánica que permita el relevo del rey Juan Carlos por su hijo el príncipe Felipe.

Luego, esa ley orgánica tendrá que ser refrendada por las Cortes "lo antes posible", explicó Rajoy. Además, al tratarse de una ley orgánica requerirá obligatoriamente la mayoría absoluta del Congreso, es decir, 176 diputados. El príncipe Felipe será proclamado Rey de España, bajo el nombre de Felipe VI, "entre el 30 de junio y 3 de julio", según aseguran fuentes oficiales a 20minutos.

36 años han tardado los diferentes gobiernos de la democracia en aprobar una norma que ahora tendrá que firmarse en apenas 24 horas. Esa Ley de la Corona que quedó pendiente de desarrollo se tendrá que aprobar además por vía de urgencia. Hasta la fecha, el artículo 57.5, la Constitución sólo contemplaba en su artículo 59.2 la incapacitación temporal del rey en sus funciones, que también debía ser reconocida por las Cortes Generales. No obstante, el ministerio de Justicia ha contado con más de dos meses para elaborar la ley, teniendo en cuenta que el presidente del Gobierno y el líder de la oposición conocían desde marzo los planes del Monarca.

La situación que ha creado la decisión del Rey no está prevista y carece de precedentes en el periodo democrático. Según juristas consultados por Efe, como Leandro Martínez Cardós, el Gobierno tiene que aprobar un proyecto de Ley Orgánica que podría contar sólo con dos artículos, el primero para determinar que la abdicación queda aprobada y el segundo que establece que la renuncia entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Otros constitucionalistas como Antonio Torres del Moral hacen hincapié en que el Consejo de Ministros tiene que deliberar para evaluar si la decisión del monarca es libre y no bajo presión.

A la espera de conocer el contenido de esa ley orgánica, "lo previsible es que no haya vacío de poder desde el rey deja de ser rey hasta que lo sucede su hijo", explica Miguel Ángel Presno, profesor de derecho constitucional en la Universidad de Oviedo. Es decir, que los más seguro es que la publicación oficial que informará de la abdicación del rey informará también de la toma de posesión del nuevo monarca, a la espera obviamente de una coronación en un acto más formal.

El proceso en las Cortes

Una vez aprobada la ley orgánica en el Consejo de Ministros, esta se remite al Congreso. El presidente del Congreso, que ejerce como presidente de las Cortes, deberá convocar a las dos juntas de portavoces (la del Congreso y el Senado), una reunión a la que asisten el presidente del Senado y el ministro encargado de las relaciones del Gobierno con las Cortes, para acordar el orden del día, que debe tener un solo punto: la abdicación. En dicha reunión se explicita si algún grupo parlamentario tiene dudas sobre la validez jurídica del escrito de abdicación.

Si no hay dudas o enmiendas, la reunión conjunta de las Cámaras sería breve. El presidente del Congreso, que encabeza la reunión, da lectura al escrito que se referirá exclusivamente a la aceptación de la referida validez jurídica. La sesión no se puede convertir en un debate sobre la monarquía. Si en las intervenciones de los grupos no ha habido discrepancias, el presidente, de conformidad con los artículos 82.1 y 83 del Reglamento del Congreso, propone la aprobación por asentimiento. En cambio, si hay discrepancias, habrá que votar.

Como lo conveniente es que la votación sea secreta, basta con que lo pidan dos grupos parlamentarios o la quinta parte de los diputados y senadores presentes. Si nadie la pide, puede decidirlo el presidente. Luego, el presidente del Congreso dará cuenta del resultado al rey. El último paso es que el Boletín Oficial del Estado publique la ley orgánica, momento en el que será efectiva la abdicación del rey. Lo previsible es que ese mismo día tenga lugar una sesión solemne en las Cortes Generales que proclamará al nuevo monarca, Felipe VI.

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