Segunda condena por corrupción contra Matas: multa de 9.000 euros por cohecho

  • El expresidente del Govern balear ha sido condenado por presionar a un hotelero para que pagara a su esposa 42.000 euros por un trabajo ficticio.
  • Esta supone la segunda pena judicial en su contra por corrupción en el marco del caso Palma Arena.
  • Mientras se está tramitando su petición de indulto, en el que alega que si fuera a la cárcel esto tendría "efectos desocializadores" sobre él.
El expresidente del Gobierno Balear, Jaume Matas, a su llegada a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en el marco del juicio en el que está acusado de corrupción.
El expresidente del Gobierno Balear, Jaume Matas, a su llegada a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en el marco del juicio en el que está acusado de corrupción.
EFE
El expresidente del Gobierno Balear, Jaume Matas, a su llegada a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en el marco del juicio en el que está acusado de corrupción.

El expresidente del Govern balear Jaume Matas ha sido condenado a pagar una multa de 9.000 euros como autor de un delito de cohecho, lo que supone la segunda pena judicial en su contra por corrupción en el marco del caso Palma Arena.

La Audiencia de Palma ha dictado la sentencia contra Matas a partir del veredicto unánime de culpabilidad emitido el pasado día 5 contra Matas por presionar a un hotelero para que pagara a su esposa 42.000 euros por un trabajo ficticio.

Mientras, se tramita su petición de indulto

Además de esta nueva sentencia, la Audiencia Provincial de Baleares ha pedido a la Fiscalía Anticorrupción y a la Abogacía de la Comunidad Autónoma, acusaciones en el caso Palma Arena, que se pronuncien sobre la petición efectuada por el expresidente del Gobierno balear Jaume Matas de que se suspenda la ejecución de su condena de nueve meses de prisión, mientras el Gobierno central tramita la solicitud de indulto cursada por el exmandatario autonómico.

Así lo han señalado fuentes judiciales, que han precisado que el tribunal de la Sección Primera ha dado traslado de la petición a las acusaciones a fin de que valoren si debe paralizarse la ejecución de los nueve meses que pesan sobre Matas por un delito de tráfico de influencias y, por tanto, el ingreso en prisión del exministro hasta que el Ejecutivo central resuelva si le concede esta medida de gracia de carácter excepcional.

La solicitud de suspensión fue efectuada este miércoles por la representación procesal de Matas, después de que la Audiencia denegase esta semana sustituir por multa los nueve meses de cárcel, dejando así al exjefe del Ejecutivo balear la única posibilidad de solicitar el indulto al Gobierno para poder eludir su entrada en prisión, tras haber agotado ante la justicia balear las vías de que disponía para evitar su encarcelamiento.

"Efectos desocializadores" para Matas si le meten en la cárcel

En su petición de indulto, la defensa alega que su encarcelamiento conllevaría "efectos desocializadores" sobre él y "en nada serviría para conseguir una supuesta reinserción social o reeducación", finalidad a la que, abunda, deben ir dirigidas las medidas privativas de libertad.

En el escrito que ha presentado para solicitar esta medida de gracia, la letrada del exministro y exmagistrada de la Audiencia Provincial de Madrid, Pilar Gómez Pavón, subraya que su patrocinado "es una persona integrada en la sociedad, con arraigo familiar, laboral y afectivo", por lo que su internamiento en la cárcel para cumplir la pena de nueve meses que pesa sobre él por el primer juicio del caso Palma Arena provocaría que el acusado se viese "separado" de su entorno más cercano.

La abogada hace asimismo hincapié en el hecho de que Matas no es reincidente, carece de antecedentes penales y "se encuentra y se ha encontrado siempre" a disposición de la justicia, al tiempo que recalca que la pena por la que ha sido condenado es "prácticamente la mínima" prevista en el Código Penal para el tráfico de influencias —castigado con entre seis meses y dos años de cárcel—.

Matas ha decidido de este modo acogerse a esta vía de carácter excepcional, que podrá derivar en la remisión total o parcial de su condena. En concreto, el indulto lo otorga el Rey a propuesta del ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Con la concesión de esta medida de gracia se extingue la responsabilidad penal pero no cancela, en ningún modo, los antecedentes penales.

El exmandatario autonómico no es el único condenado de esta causa que ha reclamado el indulto, puesto que también procedió de este modo el propio Antonio Alemany, quien está condenado por su parte a dos años y tres meses de cárcel. También el articulista solicitó que se paralizase la ejecución de su pena a la espera de que el Gobierno se pronuncie sobre su petición.

En un auto de 29 páginas, la Audiencia considera "inasumible" para la sociedad que "el titular de uno de los poderes del Estado en la fecha de los hechos [durante la legislatura 2003-2007] cometa un delito de tráfico de influencias", lo que a juicio de la Sala constituye "un delito contra el Estado de Derecho por parte de quien ha sido presidente de la Comunidad Autónoma balear, a quien, precisamente por ostentar ese cargo, ha de exigírsele mayor imparcialidad, objetividad y probidad".

Tanto es así que, subraya, "en estos casos más que en ningún otro los jueces y tribunales, en nuestra labor de defensa del Estado de Derecho, debemos pronunciarnos contra quienes lo degradan y corrompen, conduciendo la corrupción de los políticos a la desconfianza de la sociedad en ellos, debiendo la pena impuesta cumplir una irrenunciable función de restablecimiento de la confianza de la Comunidad en la vigencia de la norma infringida por el delito".

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