La Sala Tercera del Tribunal de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una diligencia por la que declara firme la sentencia que anula la prohibición del velo integral, como el 'burka', en instalaciones municipales de Lleida.
Contra la sentencia, de finales de febrero, el Ayuntamiento de Lleida presentó el pasado 24 de junio un recurso de amparo al Tribunal Constitucional. El consistorio leridano espera ahora que el Parlament de Cataluña legiste sobre esta materia, tal como anunció hace unos días el conseller de Interior, Ramon Espadaler.
Antes de presentar el recurso, el consistorio pidió la nulidad de la sentencia, actuación a la que respondió el Tribunal Supremo desestimando el presentado por el Ayuntamiento e imponiéndole una multa de 90 euros por temeridad en su petición de nulidad de la sentencia.
El Ayuntamiento de Lleida aprobó en octubre de 2010 una ordenanza en la que prohibía el acceso a instalaciones municipales a quienes llevaran el rostro tapado con velo islámico u otras prendas, una medida que fue recurrida en los tribunales por la asociación musulmana Watani, defendida por el despacho barcelonés Abocam con el argumento de que atentaba contra la libertad religiosa.
La diligencia del Tribunal Supremo que declara firme la sentencia, fechada el pasado día 8, se produce a pocos días de que el Parlament de Cataluña vote en los plenos del 17 y 18 de este mes la moción presentada por CiU que insta al Govern a presentar "tan rápido como sea posible" un proyecto de ley sobre la ocultación del rostro en el espacio público.
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