¿Un mercado de alquiler justo? A la espera de la reforma de la Ley de Arrendamientos

  • Fomento anunció la reforma de la ley pero aún no se aprobó.
  • Para Ataac, el derecho a la vivienda está antes que el interés de la banca.
  • Alquiler Seguro pide incentivos fiscales para los inquilinos.
  • Los Administradores de Fincas rechazan la resolución de los contratos de arrendamiento propuesta porque puede perjudicar al propietario.
El cartel de "Se alquila" en el balcón de una vivienda.
El cartel de "Se alquila" en el balcón de una vivienda.
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El cartel de "Se alquila" en el balcón de una vivienda.

El alquiler es la apuesta. En plena crisis, sin capacidad de las familias para comprar una vivienda y con los bancos endureciendo las condiciones de las hipotecas, alquilar casa es la solución. Cada vez son más los que alquilan.

Ocurre porque la crisis ha reducido la capacidad adquisitiva de las familias y porque al caer la venta de viviendas ha aumentado el parque dedicado al alquiler. Así, los precios han subido muy poco en estos últimos 4 años, o ya están bajando en buena parte del país, como muestran los últimos datos de Fotocasa.

En ese contexto, el Ministerio de Fomento anunció hace meses una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero aún no se ha aprobado. Desde el 16 de junio y por un período de 20 días el Gobierno sometió a información pública el llamado Anteproyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas.

Durante ese período muchos colectivos presentaron sus alegaciones, sin que hasta la fecha Fomento haya respondido. Hay muchas dudas de que la reforma de la ley sirva para lograr un mercado de alquiler de viviendas más justo. Fotocasa ha recopilado algunas de las posiciones a este respecto.

La empresa de gestión de arrendamientos Alquiler Seguro considera que el cambio de mentalidad en los inquilinos es un fenómeno importantísimo que no debemos dejar pasar en nuestro análisis, pero ¿y la ley?, ¿se está adaptando la reglamentación al cambio de mentalidad de la sociedad?

Bancos y fines sociales

Para Alquiler Seguro la batería de medidas que proponen al anteproyecto de la Ley del alquiler y que han trasladado a las máximas autoridades del Ministerio de Fomento se resumen en dos: incentivos fiscales a los inquilinos que sean equiparables a la compra y seguridad jurídica a los propietarios, con reserva de juzgados a aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones, lo que eliminaría la economía sumergida.

Visión muy distinta la del colectivo Ataac: "El derecho a la vivienda tendría que estar por encima de los intereses de la banca". Según explica Víctor Martí, de Ataac Madrid, "al menos los bancos intervenidos deberían ofrecer su parque de viviendas, que está vacío, con un alquiler social en el que los inquilinos pagaran un 30% de sus ingresos".

En su opinión, el alquiler social tendría que ser una medida universal. "No se entiende que las entidades financieras tengan sus activos tóxicos en suelo y en viviendas sin darles salida cuando en la sociedad existe un grave problema de acceso a la vivienda", concluye el portavoz de Ataac.

El destino social del excedente de viviendas de los bancos es una opinión cada vez más extendida. Si hace unos días fue el Defensor del Pueblo andaluz quien apostó por expropiar a la banca las VPO que no oferten, esta misma semana, el alcalde de Barcelona, Xavier Trias, de CiU, ha anunciado que propondrá al Gobierno que reserve parte de las viviendas vacías de las entidades bancarias para que los ayuntamientos y las entidades sociales que trabajan a favor de las familias vulnerables hagan un uso social.

Resolver el contrato: ¿más libertad?

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España también ha presentado sus alegaciones al anteproyecto de ley del alquiler. Entre ellas destaca la referente a la resolución de los contratos de arrendamiento, en el que las partes podrán convenir una duración mínima de una anualidad, en cuyo caso si el arrendatario desiste con anterioridad, se podrá pactar una indemnización máxima de hasta tres mensualidades en proporción de los meses pendientes para su cumplimiento.

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España está en desacuerdo con esta medida, puesto que –aseguran– cada vez que hay cambio de inquilinos en una vivienda, para conseguir volver a alquilar, hay que realizar una inversión mínima de pintura, acondicionamiento, y gestión.

Por ello, este Colegio considera que "la libertad total al inquilino para desistir en cualquier momento incumpliendo el plazo contractual establecido libremente por ambas partes resulta muy poco equilibrado para el arrendador y afecta a su seguridad jurídica y económica, por lo que debe establecerse la posibilidad de convenir una indemnización específica distinta a la ordinaria del apartado anterior, a fin de promover el mercado de oferta de alquiler".

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