El juez Garzón se enfrenta aún a penas de hasta 5 años de prisión y 50 de inhabilitación

Juicio a Baltasar Garzón.
Juicio a Baltasar Garzón.
EFE
Juicio a Baltasar Garzón.

El juez Baltasar Garzón ha sido condenado por el Tribunal Supremo a 11 años de inhabilitación en el juicio de las escuchas en el caso Gürtel. Es la primera de las tres sentencias que espera el juez, ya que tiene otras dos causas pendientes en el mismo tribunal.

Una de ellas, la relacionada con la investigación de los crímenes del franquismo, para la que se declaró competente, quedó el miércoles vista para sentencia. El juez se enfrenta a una pena de 20 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación. Es lo que ha pedido la acusación popular, ejercida por el sindicato Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad. El fiscal y la defensa han solicitado que se le absuelva.

La otra es la del patrocinio de los cursos de Nueva York.

El escrito de calificación de la acusación pide para Garzón penas de hasta cinco años de prisión e inhabilitación de hasta 30 años e incluye hasta cuatro calificaciones diferentes: la de delito de cohecho impropio en régimen continuado -penado por 27.000 euros de multa-, y las alternativas de delito continuado de cohecho propio, delito continuado de extorsión y delito de asociación ilícita.

Las penas que piden en cada una de las tres alternativas al cohecho impropio son las siguientes: en primer lugar, solicitan 5 años de prisión, inhabilitación para cargo público por diez años y multa del montante total de la dávida por un delito continuado de cohecho propio del artículo 419 del Código Penal (siete cohechos en relación con los patrocinios del Banco Santander).

Además, piden inhabilitación por cinco años y multa por otro delito continuado de cohecho propio del artículo 421 del Código Penal (en relación con los regalos de Telefónica, BBVA, CEPSA y Endesa). A ello suman un petición de condena de prevaricación por asumir una querella presentada en su día contra Emilio Botín "estando incurso en causa de abstención por amistad e interés con los querellados". Este último delito conlleva una pena de 15 años de inhabilitación.

En segundo lugar, explican que los hechos pueden calificarse como un delito continuado de extorsión, por el que solicitan cuatro años de prisión. Por último, dicen que, en caso de estimarse que Garzón y miembros de la Universidad de Nueva York crearon una estructura de recaudación ilícita de fondos de empresas españolas, el juez debería ser condenado dos años de prisión y doce de inhabilitación por un delito de asociación ilícita.

El juez Marchena, por su parte, descartó en un auto la imputación de Garzón por prevaricación y estafa y le imputó solo un delito de cohecho impropio por el cobro de hasta 1,2 millones de dólares en concepto de patrocinio en 2005 y 2006. La acusación ha pedido la apertura de juicio oral y tiene presentado un recurso, pendiente de resolver, para poder dirigir la acusación por delitos más graves.

Garzón ha recurrido el auto de Marchena y la Fiscalía ha pedido el archivo del proceso al considerar que el juez no cometió el delito. Además, el fiscal solicita al instructor que si no estima esa pretensión, dicte también el sobreseimiento por haber prescrito el delito.

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