El Supremo, por unanimidad, inhabilita al juez Baltasar Garzón por las escuchas del caso Gürtel

Baltasar Garzón a su llegada al Tribunal Supremo en Madrid.
Baltasar Garzón a su llegada al Tribunal Supremo en Madrid.
Juan Medina/ Reuters
Baltasar Garzón a su llegada al Tribunal Supremo en Madrid.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación por los delitos de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) y contra las garantías constitucionales al ordenar la interceptación de las comunicaciones que mantuvieron en prisión los principales imputados en el 'caso Gürtel' y sus abogados.

La sentencia del alto tribunal, que se ha aprobado por unanimidad de los siete magistrados que juzgaron a Garzón por las escuchas, supone la "perdida definitiva" de la condición de juez del hasta ahora titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional. La sentencia no se puede recurrir.

"La Justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia", afirma la sentencia, que también señala que Garzón admitió "prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios, en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado".

Este no es el único reproche que el Supremo realiza al magistrado a lo largo de los 68 folios que tiene la sentencia, ya que insiste en valorar su actuación como una vulneración de los derechos fundamentales porque "la investigación criminal no justifica por sí misma cualquier clase de actuación" y "la verdad no puede alcanzarse a cualquier precio".

De esta forma, continúa la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, Garzón prescindió de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtió las previsiones constitucionales y legales "en meras proclamaciones vacías de contenido".

Esa decisión de Garzón, a juicio del tribunal, "se revelaba, a ojos de cualquiera, como un acto de mero voluntarismo" que se alejaba de modo "arbitrario y absoluto" de la aplicación razonada del Derecho causando "un daño totalmente injustificado y difícilmente reparable en los derechos de defensa" de los imputados y el secreto profesional de los abogados.

Tras insistir en que el juez se separó "absolutamente" de la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) y del propio Supremo, la Sala indica que Garzón vulneró el Estado de Derecho, ya que a pesar de no existir indicios de delito contra los letrados, ordenó que sus comunicaciones fueran intervenidas, e incluyó a todos los abogados, fueran quienes fueran.

Asimismo, defiende la confidencialidad de las conversaciones entre abogado y cliente y dice que no puede aceptarse como motivación la simple suposición de que los sospechosos continuaban cometiendo delitos, o la mera posibilidad de que lo hicieran, como alegaron Garzón y su abogado defensor durante el juicio y la Fiscalía, que también pedía su absolución.

En opinión del tribunal, "nada impedía" a Garzón realizar otras actuaciones, como vigilar las actividades que continuaran ejecutando los internos para identificar a los responsables del delito y tomar medidas respecto a éstos, y no "con carácter indiscriminado, como se hizo contra todos los letrados defensores", a los que se convirtió en imputados en la causa "sin razón alguna".

Por el contrario, el Supremo comparte las argumentaciones de las acusaciones que ejercían los abogados José Antonio Choclán, Álvaro Rodríguez Mourullo e Ignacio Peláez, en nombre de Correa, Crespo y el empresario José Luis Ulibarri -también imputado en el caso Gürtel-, respectivamente.

Este último solicitó diez años de inhabilitación para Garzón, mientras que Crespo reclamaba 15 y Correa 17 por los delitos de prevaricación y violación de las garantías constitucionales por los que finalmente ha sido condenado el juez. Una vez que le ha sido comunicada la resolución, Garzón ha abandonado la sede del alto tribunal, con semblante serio y sin hacer declaraciones a los medios de comunicación.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, está firmada por los magistrados Joaquín Gímenez, que presidió el tribunal durante el juicio, Andrés Martínez-Arrieta, Miguel Colmenero -ponente-, Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y Manuel Marchena. Un par de minutos después de conocerse la sentencia los hashtags #Garzóny #Gürtel ya eran trending topics de Twitter.

Un tribunal cuestionado por Garzón

Desde que se conoció la fecha de la vista y la composición del tribunal, Garzón emprendió una particular batalla para apartar del mismo a los magistrados que consideraba que no eran imparciales para juzgarle.

Así, fue presentando una recusación tras otra y logró excluir a cinco de los siete magistrados designados inicialmente, porque habían intervenido en la admisión de la querella y la resolución de recursos.

Sin embargo, en el tribunal que lo ha juzgado por las escuchas se han mantenido dos de los jueces a los que también recusó por dudar de su imparcialidad: Luciano Varela y Manuel Marchena, que instruyeron las otras dos causas que todavía tiene abiertas en el Supremo, la investigación de los crímenes franquistas y los supuestos cobros que recibió por sus estudios en Nueva York.

La expulsión, en pocos días

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deberá hacer efectiva en los próximos días la expulsión de la carrera judicial de Garzón, si bien el magistrado ya anunciado que recurrirá la sentencia, por lo que ahora habrá que esperar a que los tribunales resuelvan sobre si admiten dicho recurso o no.

Esta comisión, que se reunirá de forma ordinaria el próximo martes, recibirá en las próximas horas formalmente el fallo del Supremo, según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, al ser el órgano administrativo al que corresponde oficializar la sentencia que supone para Garzón la perdida de su condición de juez y con ella los honores y reconocimientos que acompañan al cargo.

Esa separación de la carrera no sólo pondría fin a más de 30 años de ejercicio judicial de Garzón, sino que además tendrá consecuencias también en el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, del que hasta ahora era titular.

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