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Suciedad publicitaria en la Rambla y una normativa antigua

L uis García, madrileño «enamorado de Alicante», rechaza que «en una avenida como la Rambla haya fachadas repletas de publicidad, sucia y desagradable» y pregunta si «está permitida» y si el Ayuntamiento «no puede atajar de raíz esta práctica». Sobre todo en dos locales privados por ahora sin actividad. El que ocupó la academia de inglés Opening Center, en el número 16, y el que regentó una tienda 24 horas, en el 28, dos esquinas densamente atestadas de carteles y anuncios sobre espectáculos y actuaciones musicales, ennegrecidas de engrudo y con restos de orines.

Francisco Navarro, de la Asociación de Comerciantes de la Rambla, repele esta práctica, «que hemos denunciado siempre», pero «sin obtener respuesta hasta la fecha» por parte de la Concejalía de Servicios, aunque fuentes municipales precisan que, «tajantemente, no se pueden fijar carteles en la vía pública», remitiéndome a la actual Ordenanza Reguladora de Publicidad, de 1998, que castiga «la publicidad incontrolada a base de carteles, pegatinas, etiquetas» y «la instalación de publicidad exterior sin licencia municipal». Y así, Antonio Piñero, de la junta de gobierno del Colegio de Publicistas de la Comunitat, declara: «Nunca le planteamos al cliente usar este tipo de soportes que afean tanto la ciudad, sólo los exclusivamente autorizados. Debemos ser muy respetuosos y nunca invadir espacios urbanos».

A su juicio, «son más bien los hosteleros y las discotecas» quienes pegan carteles «con verdadero descontrol, que se separan y manchan, tal vez porque deban buscarse la vida», concluye Navarro. Afirmación que matiza José Francisco Izquierdo, de la Asociación de Empresarios de Hostelería: «Generalmente es propaganda de ocio (pubs, discotecas, etc.) y no de restaurantes o cafeterías. Nosotros usamos otros métodos, que llegan más al ciudadano, no ensucian la ciudad y no generan rechazo». Frente a su amabilidad, Juan Martínez Tercero, presidente de los empresarios de Salas de Fiestas y Discotecas, «no está» en su despacho, «ha salido», o «ya no volverá».

En Inusa, la concesionaria de la limpieza, explican que está «completamente prohibida» esa publicidad callejera, no existe una brigada especial, el Ayuntamiento encarga actuaciones no permanentes si no ocasionales y hay «bastantes sanciones», que no se hacen públicas, y se quejan de la «falta de colaboración» de «las discotecas o los circos». La vigente Ordenanza de Limpieza Pública es de 1988. Aún estipula las multas en pesetas, pero deja claro (art. 43) que «los propietarios de las fincas, viviendas y establecimientos tendrán la obligación de tener en constante estado de limpieza las partes de los inmuebles visibles desde la vía pública». 
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