Condenan a dos médicos a pagar 188.000 euros por detectar tarde un cáncer de mama

  • También han sido condenadas dos compañías de seguros.
  • Una mujer tuvo que ser intervenida de urgencia ocho meses después de que los médicos condenados no detectaran a tiempo la enfermedad.
  • Queda libre el médico que le hizo una ecografía.
Dos médicos, en un quirófano.
Dos médicos, en un quirófano.
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Dos médicos, en un quirófano.

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un ginecólogo y a un radiólogo (y a dos compañías de seguros) a pagar 188.000 euros a una mujer que tuvo que ser intervenida de urgencia de un cáncer de mama en fase avanzada y practicarle una mastectomía sólo ocho meses después de que aquellos no lo detectaran.

La sentencia indica que la actuación de estos médicos, cuyas identidades no han sido reveladas, fue la causa de los padecimientos sufridos por la paciente, que ha visto cómo su expectativa de supervivencia a los cinco años se ha visto reducida al 56% cuando de haber sido tratada antes podría haber sido del 98%, añade.

Afirma el tribunal que esta mujer acudió a Sanitas, con la que tenía concertada una póliza de atención sanitaria "al notar un bulto en su pecho izquierdo, siendo atendida por los doctores: ginecólogo, radiólogo y ecografista".

Tras las pruebas que le fueron realizadas, en las que no se detectó la enfermedad, le indicaron que volviera un año más tarde para un control, pero ocho meses después, al participar en un programa preventivo de la Asociación Nacional contra el Cáncer, "se comprobó que el nódulo había aumentado".

Intervención de urgencia

La biopsia que le fue realizada entonces reveló que tenía un cáncer de mama "con afectación mamaria y linfática, teniendo que ser intervenida con urgencia el 30 de mayo de 2007, practicándosele una mastectomía y linfadenectomía, precisando quimioterapia y radioterapia".

Asimismo, "ha tenido una complicación postoperatoria del implante mamario, que ha exigido una nueva intervención quirúrgica, y sus perspectivas de vida a los cinco años, en el estado en el que le fue detectada la enfermedad, son del 56%".

A la hora de analizar la responsabilidad de los doctores demandados, dice la Audiencia que "a estos profesionales no se les exige la curación, sino la prestación de los medios adecuados para conseguirla".

Añade que "la falta de detección en ese momento inicial determinó que la enfermedad se desarrollara y agravara de manera considerable y que se extendiera a los ganglios linfáticos y diera lugar a un tratamiento mucho más lesivo y con unas perspectivas de supervivencia muy inferiores".

No obstante, condena sólo al ginecólogo y al radiólogo, dejando fuera al médico que hizo la ecografía por encargo del primero, porque esta prueba no es el medio adecuado para detectar un cáncer.

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