El MARM resuelve la evaluación de impacto ambiental de la electrificación de la línea de alta velocidad Teruel-Zaragoza

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha formulado la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Corredor Cantábrico-Mediterráneo. Línea Alta Velocidad Teruel-Zaragoza. Electrificación", concluyendo que, siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones deducidas del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha formulado la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Corredor Cantábrico-Mediterráneo. Línea Alta Velocidad Teruel-Zaragoza. Electrificación", concluyendo que, siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones deducidas del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

El presente proyecto tiene por objeto únicamente la alimentación eléctrica desde la subestación de Villafranca del Campo (SET-1), incluida dentro de la línea férrea Teruel-Zaragoza, mediante la ejecución de una línea eléctrica de acometida desde la subestación (SE) de Calamocha, propiedad de Red Eléctrica de España (REE).

De las diferentes alternativas de trazado analizadas se ha seleccionado la "alternativa 4", ya que es la que menor impacto paisajístico provoca, afecta a menor superficie de vegetación natural, posee una menor longitud, tiene mejor accesibilidad, un grado de afección muy bajo sobre la avutarda y las vías pecuarias así como la ausencia de ocupación de espacios Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario.

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada establece como condición al proyecto que no se desvíe en ningún caso el cauce de los cursos fluviales, ni se invada ningún cuerpo de agua durante la fase de obras. Asimismo, se prohíbe la afección a cauces fluviales, charcas y lagunas con motivo de la realización de las excavaciones necesarias para el anclaje de los apoyos y se garantizará la no afección a recursos de agua, superficiales o subterráneos, por vertidos contaminantes que pudiera producirse accidentalmente durante la fase de construcción.

El proyecto deberá cumplir con lo establecido en la Ley sobre las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Además se establecerá un cronograma de obras para minimizar la afección a los periodos de cría y nidificación de las principales especies de avifauna presentes en el ámbito de estudio.

Los apoyos de la línea se situarán preferentemente en los límites de las fincas afectadas, con el fin de no fragmentar las zonas dedicadas a la actividad agrícola, forestal y ganadera. Se garantizará que los movimientos de maquinaria y de tierra se reduzcan a los mínimos imprescindibles y se realicen en los momentos en que produzcan menores efectos sobre las personas, cultivos, fauna silvestre y ganado.

Una vez finalice el periodo útil de las líneas eléctricas proyectadas se procederá a su desmantelamiento y tras este se llevará a cabo una revegetacion y restauración de las zonas afectadas.

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