La pensión mínima de jubilación con cónyuge será de 10.255 euros en 2011

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, durante la rueda de prensa tras presentar el proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2011.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, durante la rueda de prensa tras presentar el proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2011.
J.J. Guillén / EFE
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, durante la rueda de prensa tras presentar el proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2011.

La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 10.225 euros anuales en 2011, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 9.611 euros al año.

De acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que ha sido presentada este jueves, las pensiones mínimas serán las siguientes:

  • Si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge recibirá una pensión mínima de 8.311,80 euros y si no ha cumplido esa edad cobrará 7.774,20.
  • Para los mayores de 65 con cónyuge que no esté a su cargo la cuantía es de 7.883,40 euros anuales y de 7.345,80 euros para los menores de esa edad.
  • En los supuestos de gran invalidez, la prestación mínima será de 15.383,20 euros anuales para los pensionistas con cónyuge y de 11.825,80 para los que no lo tengan a su cargo.
  • Para los que no tienen cónyuge y se consideran como unidad económica unipersonal esta pensión ascenderá a 12.468,40 euros.
  • En lo que se refiere a viudedad, las viudas/os con cargas familiares cobrarán 9.611 euros al año, las de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65% 8.311,80 euros, las de entre 60 y 64 años 7.774,20 euros, y las menores de 60 años 6.291,60 euros.
  • En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 2.536,80 euros al año, cantidad que se eleva a 6.291,60 euros para la orfandad absoluta, a repartir entre todos los perceptores.
  • Las prestaciones en favor de familiares serán de 2.536,80 euros anuales por beneficiario, de 6.136,20 euros si sólo hay un receptor mayor de 65 años y de 5.777,80 euros si es menor de esa edad. En el caso de que haya varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.754,80 euros al año entre todos.
  • La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) queda fijada en 5.313 euros anuales.

Importes máximos

El importe máximo que recibirá un pensionista en 2011 no variará respecto al de 2010, dentro de la política de ajuste del Gobierno para reducir el déficit público.

De esta manera, el importe máximo no podrá superar los 2.466,20 euros mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias, que tendrán el mismo límite.

No obstante, si el pensionista recibiera 14 pagas o más, incluidas las extraordinarias, el cómputo anual no podrá superar los 34.526,80 euros.

Para 2011, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 4.803,40 euros anuales.

Complemento por carecer de vivienda

Además, se establece un complemento de pensión de 525 euros anuales para los que acrediten "fehacientemente" carecer de vivienda en propiedad y residir de alquiler en una casa cuyos propietarios no tengan con él un parentesco de hasta tercer grado.

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