Garzón podría incurrir en incompatibilidad si va a La Haya y resulta absuelto

El juez Baltasar Garzón.
El juez Baltasar Garzón.
Horacio Villalobos / EFE
El juez Baltasar Garzón.

La resolución adoptada este martes por la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial autorizando a Baltasar Garzón a trasladarse a la Corte Penal Internacional (CPI), en La Haya (Holanda), sin concederle el estatus de "servicios especiales" podría provocar una situación de incompatibilidad de funciones en el caso de que el magistrado decidiera trasladarse a la ciudad holandesa y resultara absuelto en el juicio abierto contra él por el Tribunal Supremo.

La resolución ha causado "asombro", "sorpresa" y "desorientación" en círculos jurídicos, dado que "el texto no dice nada de incompatibilidad ni de plazos", explican fuentes judiciales, a pesar de que Garzón solicitaba un permiso por siete meses. Tampoco hace una referencia explícita a la denegación de los "servicios especiales", dado que en la introducción se remite al Informe del Secretario General del CGPJ (el único de los cinco desfavorable a la concesión del permiso en servicios especiales), pero más adelante asegura que "desde el punto de vista orgánico, no se aprecian razones legales que impidan la contratación del expresado Magistrado...". Sólo al final de dicha resolución queda clara la denegación de los "servicios especiales", pero no en el propio texto del CGPJ, sino en el argumentario de los votos particulares emitidos por dos vocales.

Según la Ley Orgánica del Poder Judicial, los jueces pueden estar en activo, en suspensión de funciones, en servicios especiales o en excedencia. A estas figuras habría que añadir la de "en comisión de servicio", que es la única de todas las anteriores que permite compatibilizar el cargo de juez con otra actividad laboral, la docencia. Otorgarle a Garzón el estatus "en servicios especiales" habría supuesto la conjugación de dos de estas figuras, puesto que el juez está suspendido de sus funciones como magistrado en la Audiencia Nacional.

Cuando un juez solicita "salir en servicios especiales" es porque va a desempeñar un cargo incompatible con el suyo de juez, como ocurre en el caso de Baltasar Garzón (que solicitó autorización para su traslado cuando aún no había sido suspendido); en estas ocasiones, si recibe la autorización, se le 'guarda' su plaza de juez durante un tiempo determinado mientras desempeña esa otra actividad laboral. Si se le deniega el permiso, hay dos opciones: que el magistrado acate esa denegación o que solicite una excedencia, lo que implicaría la pérdida de su plaza, en este caso, en la Audiencia Nacional. La resolución del CGPJ rechaza el permiso, pero le autoriza a marcharse, con lo que tampoco hace necesaria, en un principio, la opción de la excedencia.

¿Y si le levantan la suspensión?

En el caso de Garzón, la incompatibilidad no se daría si decidiera trasladarse ahora a la CPI, puesto que está suspendido como juez de la Audiencia Nacional, pero sí se produciría si resultara absuelto en la causa que contra él ha abierto el Tribunal Supremo. En ese momento, se le levantaría la suspensión y se daría la paradoja de que sería un juez en ejercicio en la Audiencia Nacional desarrollando otra actividad laboral absolutamente incompatible con su cargo de magistrado. Si el CGPJ le hubiera autorizado a marcharse a La Haya en situación de "servicios especiales", en ningún caso se habría producido esa posible incompatibilidad.

La resolución del CGPJ "sienta un precedente muy grave, es una pista deslizante", afirman fuentes de la judicatura, dado que ese "punto de visto orgánico" contenido en el texto avala que cualquier juez en activo pueda desempeñar simultáneamente otra actividad, y "además sine die", añaden. Es un 'ni contigo ni sin ti', que "añade una nueva figura", según las mismas fuentes, a las ya recogidas (en activo, en suspensión, en excedencia, etc.) en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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