¿Cumple el ascensor de tu comunidad con la normativa? Estos son los nuevos requisitos que deberán cumplirse antes de verano

Un ascensor, en una imagen de archivo.
Un ascensor, en una imagen de archivo.
EUROPA PRESS
Un ascensor, en una imagen de archivo.

En España, más de 400.000 ascensores llevan más de 30 años en servicio. Por este motivo, el Gobierno ha querido adaptar la normativa vigente en materia de seguridad de ascensores, sacando adelante un nuevo texto que el BOE ha publicado el pasado 13 de abril, que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

Para la puesta en servicio de los nuevos ascensores, el titular o titulares deberán presentar ante el órgano competente de la comunidad autónoma la siguiente documentación, que la norma recoge en su artículo 3:

  • La ficha técnica de la instalación.
  • La declaración CE o UE de conformidad.
  • El manual de funcionamiento.
  • La copia del contrato de mantenimiento.
  • Cuando sea aplicable, las actas de ensayo relacionadas con el control final.
  • El certificado de inspección inicial favorable.

Los requisitos que deben cumplir los ascensores

Estas son las mejoras que se reflejan en la norma y que deben implementarse en todos los ascensores: 

  • Mejora de nivelación.
  • Detección en puertas con cortinillas no solo con haz puntual para evitar atrapamientos o la protección del usuario contra ascendentes incontrolados.
  • Comunicación bidireccional en cabina.
  • Sustitución de guías de madera o cilíndricas.
  • Implementación de dispositivos de control de carga o modernización de contrapeso.

Los ascensores ya en funcionamiento tendrán que pasar inspecciones iniciales o periódicas, en función de as circunstancias del aparato o de si ha sufrido algún accidente. El BOE también detalla el tipo de incidencias y de infracciones en las que se pueden incurrir.

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