¿El paro hay que declararlo en la Renta 2023-2024?

Una persona entra en una oficina de empleo en Madrid.
Una persona entra en una oficina de empleo en Madrid.
EUROPA PRESS
Una persona entra en una oficina de empleo en Madrid.

Ha comenzado la campaña de la Renta 2023-2024, en la que los contribuyentes rinden cuentas con Hacienda y son muchos los que se preguntan si deben declarar las prestaciones. Afirmativo: las prestaciones por desempleo no están exentas de pagar impuestos. Desde hoy ya está disponible el borrador de las declaraciones de todos los contribuyentes, que podrán presentarla formalmente por Internet. 

Según recoge el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y de acuerdo a la legislación fiscal, el paro tributa en el impuesto de la Renta (IRPF) al considerarse un rendimiento del trabajo. No sería así en caso de que se cobrase en un único pago. Si se capitaliza el paro, se está exento de tributar al IRPF esa cuantía, siempre que la actividad se mantenga al menos cinco años. En el caso de dejar la actividad antes de ese plazo, entonces sí tributará.

Cómo declarar el paro

El trabajado debe informar a la Agencia tributaria en dos ocasiones: primero, en el momento de cobrar la prestación mensual, en donde el SEPE retendrá un porcentaje del IRPF. Y segundo, cuando se haga la declaración de la Renta, momento en que se ajustarán las cuentas, de forma que si ha retenido poco, habrá que pagar más al presentar la declaración.

Cuánto se retiene

El tipo de retención a cuenta se establece según el importe total que vaya a recibir en concepto de prestaciones de desempleo previsto para el año natural en curso y en función de los datos que el perceptor facilitó a la oficina de prestaciones, relativos a sus circunstancias personales y familiares, para tener derecho a deducciones según la legislación fiscal vigente en cada momento.

Para evitar tener que pagar porque las retenciones fueron mínimas durante el año, el beneficiario de la prestación puede solicitar un incremento de la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y hacerlo por escrito cinco días antes de terminar el mes anterior al cobro de la nómina. 

Cómo obtener un certificado de retenciones

Cuando un contribuyente va a presentar su declaración de la Renta necesitará un certificado de retenciones, que podrá obtener a través del canal web habilitado por el SEPE. También puede realizarse por teléfono: (060).

Para obtenerlo 'online' habrá que acudir a la Sede Electrónica en el apartado 'Personas', pestaña de 'Procedimientos y Servicios', opción 'Obtenga un certificado sobre su prestación'. Es necesario que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve. Puede obtenerlo también mediante PIN enviado al teléfono móvil que conste en su base de datos.

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