ENCUESTA | ¿Te parece bien que la pausa para el desayuno y entrar 15 minutos tarde compute como tiempo efectivo de trabajo?

Sentencia del Supremo sobre tiempos efectivos de trabajo.
Sentencia del Supremo sobre tiempos efectivos de trabajo.
Henar de Pedro
Sentencia del Supremo sobre tiempos efectivos de trabajo.

El Tribunal Supremo ha ratificado en una sentencia que el tiempo de desayuno y el de inicio de registro de jornada, con un margen de cortesía de hasta 15 minutos, deben considerarse como tiempo trabajado. En su sentencia, el Alto Tribunal entiende que debe considerarse tiempo de trabajo efectivo el que transcurre en los 15 minutos posteriores a la hora establecida para el inicio de la jornada laboral, para aquellos trabajadores que tengan "control rígido de horario" y no tengan categoría de jefes o asimilados.

¿Te parece bien que la pausa para el desayuno y entrar 15 minutos tarde compute como tiempo efectivo de trabajo?

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