Tras la eliminación del término 'disminuidos' en la Constitución, la RAE ha revisado los sinónimos y afines de dicha palabra, lo que la ha llevado a eliminar el vocablo discapacitado como sinónimo en el apartado de la definición de este término.
"Después de la reforma de la Constitución, la Academia ha revisado los sinónimos y afines de las palabras disminuido y discapacitado para evitar confusiones", han informado fuentes de la Real Academia Española.
Se refiere, en concreto, a que en la entrada de su diccionario de la palabra disminuido/da, definida como 'que ha perdido fuerzas o aptitudes, o las posee en grado menor a lo normal', ha eliminado el término discapacitado en el apartado de sinónimos o afines.
Por lo que ahora, en dicho apartado, estos son los términos que aparecen: reducido, encogido (solo en referencia al tamaño). La RAE se suma así a la eliminación de esta palabra para referirse a las personas, y que el pasado 25 de enero fue desterrada de la carta magna en el pleno del Senado con el respaldo de todos los grupos políticos, salvo el de Vox.
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