Prisión permanente confirmada para el asesino de su expareja y su hija en Esplugues de Llobregat la noche de Reyes de 2020

  • La mujer recibió 52 puñaladas, mientras que su hija, de 3 años, también falleció por heridas de arma blanca.
Un agente de los Mossos d'Esquadra coloca las esposas a un detenido, en una imagen de archivo.
Un agente de los Mossos d'Esquadra coloca las esposas a un detenido, en una imagen de archivo.
MOSSOS D'ESQUADRA
Un agente de los Mossos d'Esquadra coloca las esposas a un detenido, en una imagen de archivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la sentencia que condenó a prisión permanente revisable al autor de la muerte de su ex pareja y su hija, en Esplugues de Llobregat (Barcelona) la noche de Reyes de 2020.

La sentencia hecha pública por la sala de apelaciones de la sala civil y penal del TSJC este lunes, rechaza el recurso de la defensa del acusado contra la sentencia impuesta por el tribunal del jurado, que además de la prisión permanente revisable, condena al hombre a 25 años de cárcel por el asesinato de la mujer, y otros dos por un delito de maltrato habitual

El doble crimen, según los hechos probados por el TSJC, fue cometido una semana antes de que venciera el plazo que la mujer le había dado a su expareja para abandonar el piso donde los tres seguían conviviendo.

Sin existencia de una patología psiquiátrica

La mujer, de 28 años, recibió 52 puñaladas, mientras que la pequeña, de 3 años, también falleció por heridas de arma blanca: ambas estaban acostadas en la cama cuando fueron atacadas. La defensa recurrió la sentencia por supuesto error en la valoración de la prueba, así como por la "indebida inaplicación" de la completa eximente de alteración psíquica, de las atenuantes de confesión y arrebato, y de la agravante de género.

El alto tribunal considera que, tal como concluyó el jurado, "no hay prueba alguna que determine la existencia de una patología psiquiátrica o episodio epiléptico que afectara a las capacidades cognitivas y volitivas del acusado en el momento de los hechos".

Sobre la confesión del acusado, la sala afirma que "el acusado no ha facilitado o contribuido de modo relevante o eficaz al esclarecimiento de los hechos, manteniendo, en aras de una diseñada estrategia defensiva, una actitud procesal deliberadamente ambigua, que es precisamente en la que se basa el razonamiento del jurado y de la propia sentencia para declarar improcedente la atenuación.

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