Rebajan la pena impuesta a una mujer por la muerte de un bebé en su guardería ilegal

  • Un jurado popular la condenó a ocho años de cárcel por el asesinato de un bebé al que golpeó brutalmente.
  • El TSJA considera los hechos como un homicidio al ver claro que la acusada no pretendía matar al niño.
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a tres años y medio de prisión la condena impuesta a M.R.A., la mujer de 42 años y vecina de Dalías (Almería) a la que un jurado popular declaró culpable de asesinato por la muerte de un bebé de 14 meses en la guardería irregular que regentaba, al considerar "meridianamente claro" que ésta no quiso ocasionar "directamente" el fallecimiento del pequeño.

El Alto Tribunal no cuestiona, sin embargo, que la acusada fuese la autora del "golpe tan brutal" que desembocó en la muerte y, pese a calificar de "especialmente vituperable a los ojos de cualquiera" la agresión a un niño "absolutamente indefenso", señala que ésta merece el reproche penal de lesiones dolosas en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia grave, por lo que revoca el veredicto y modifica el fallo de la Audiencia Provincial que fijó la pena en ocho años de cárcel.

El fallo, contra el que han interpuesto sendos recursos de casación ante el Tribunal Supremo, estima en parte el recurso interpuesto por la defensa aunque rechaza la apelación de la madre del bebé, que era la mejor amiga de M.R.A., quien regentaba una guardería sin licencia en su propio domicilio en el término municipal de El Ejido.

Graves lesiones

Por su parte, el jurado popular le declaró culpable de asesinato por unanimidad tras seis horas de deliberación en que consideró que fue la única persona que pudo causar el traumatismo que derivó en la muerte del pequeño, según la pericial forense que señalaba que las lesiones en el abdomen, la rotura del músculo psoas y el desgarro del mesenterio se produjeron "necesariamente por una agresión o golpe brutal y nunca por una caída accidental" tal y como mantuvo en el juicio M.R.A.

Entre los elementos de convicción que desgranó el portavoz figuran "contradicciones" en sus versiones de lo sucedido tanto el día de los hechos como durante el procedimiento penal, así como "el poco interés" por el estado de salud del niño mostrado en las horas sucesivas a su traslado al hospital pese a ser "amiga íntima de la madre".

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