Miguel Ángel Aguilar Cronista parlamentario
OPINIÓN

Exposición de motivos y encubrimientos

Tercer Gobierno de Adolfo Suarez, presentado en el Palacio de la Zarzuela en 1977.
Tercer Gobierno de Adolfo Suarez, presentado en el Palacio de la Zarzuela en 1977.
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Tercer Gobierno de Adolfo Suarez, presentado en el Palacio de la Zarzuela en 1977.

Sobrevivimos bajo la obsesión temática de la amnistía que exigen los puigdemones para brindar sus tan preciados como imprescindibles votos al candidato Pedro Sánchez de modo que sea investido presidente del Gobierno por el Pleno del Congreso de los Diputados. Hablan los juristas de las más variadas especialidades, los catedráticos de todas las disciplinas, los letrados de toda clase y condición, los estudiosos del mundo grecolatino que tienen las guerras del Peloponeso bajo control y siempre a mano los ejemplos de Pericles y Jenofonte, también los que estuvieron por la concordia y la reconciliación que se plasmó en la proposición de Amnistía de 1977, tras las primeras elecciones libres, debatida y aprobada en los Plenos del Congreso y del Senado celebrados el 14 de octubre, que acabó siendo la Ley 46/1977, una vez publicada en el BOE del día siguiente 15, fecha que fue también la de su entrada en vigor.

"¿De verdad es comparable lo que se hizo y cómo se hizo la amnistía de octubre de 1977 con la que ahora están cocinando"

En sus reflexiones, expuestas después de haber interiorizado la suficiente dosis de amedrentamiento y de reparos, que les evitara granjearse enemistades de autoridades gubernamentales —siempre tan susceptibles y propensas a pasar la cuenta de modo fulminante, así como a estigmatizar con sus descalificaciones a los osados heterodoxos— muchas veces empiezan por interrogarse sobre el por qué y el para qué. Se excusan de sus encubrimientos aduciendo la dificultad de pronunciarse con claridad, más aún cuando ignoran una exposición de motivos que preceda al articulado de la norma, a cuyo relato todo quiere condicionarse. Por eso, qué interesante comprobar cómo no hubo polémica ni relato alguno que diera cuenta del propósito que envolviese la Amnistía declarada en la Ley 46/1977 del 15 de octubre, porque esa norma carece de exposición de motivos o de preámbulo alguno y su texto empieza, sin más, dando cuenta del "Artículo 1º: Quedan amnistiados a) Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día 15 de diciembre de 1976".

Los analistas más atrevidos han dado en considerar como una desvergüenza inaceptable que se tratara de un trueque —amnistía por votos— impulsado por necesidades estrictas de conveniencia personal de Pedro Sánchez. Pero, entre tanto, de Waterloo ha llegado un barco cargado de chantajes y desafíos, con una lista de negociadores a bordo de la calaña de Gonzalo Boye, experto en trampantojos y con el aval indiscutible de haber sido condenado en su día como colaborador en un secuestro y en operaciones varias de blanqueo de dinero. La consulta más elemental a la hemeroteca permite establecer las diferencias respecto a la amnistía del 15 de octubre de 1977, cuya proposición de ley fue presentada en el Congreso por los grupos parlamentarios de Unión de Centro Democrático, Socialista del Congreso, Comunista, Minoría Vasco-Catalana, Mixto y Socialistas de Cataluña, y aprobada por 296 votos a favor, 2 en contra, 18 abstenciones y uno nulo. Ese mismo día pasó al Senado donde recibió la aprobación definitiva por 196 votos a favor, ningún voto en contra y 6 abstenciones. ¿De verdad es comparable lo que se hizo y cómo se hizo la amnistía de octubre de 1977 con la que ahora están cocinando para quienes se aferran al estribillo de que lo volverán a hacer? Vale. 

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