Cómo solicitar el carnet de familia monoparental en Galicia: estos son los requisitos y beneficios

Las familias con dos o más hijos y rentas bajas serán las que reciban las mayores ayudas.
Una familia monoparental, en una imagen de archivo.
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Las familias con dos o más hijos y rentas bajas serán las que reciban las mayores ayudas.

Las familias monoparentales de Galicia ya pueden solicitar el documento oficial de la Xunta que certifica esta condición en un núcleo familiar y les permite acceder a una serie de beneficios. Los carnets que ya fueron expedidos y caducan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 verán alterada su fecha de caducidad: se sumarán dos años más. Además, los que se soliciten desde este 1 de abril de 2023 tendrán una validez de dos años desde la fecha de solicitud.

Para solicitarlo, hay dos formas. Por un lado, se puede hacer por medios electrónicos. Los interesados tienen que cubrir el modelo PR004A, disponible en la sede electrónica de la Xunta. También se puede hacer el trámite en un registro oficial o por correo postal, en cuyo caso hay que remitir una solicitud a la dirección indicada. En cualquiera de las formas elegida será necesario adjuntar toda la documentación pertinente para demostrar la condición de familia monoparental.

Requisitos para solicitar el carnet monoparental

Las familias con un único progenitor e hijos a cargo será considerada monoparental. Uno de los requisitos que se debe cumplir de forma obligatoria es que el solicitante no puede convivir con otra persona con la que mantenga algún tipo de relación de pareja. Será monoparental aquella unidad familiar que se encuentra en alguno de estos supuestos:

  • Una persona que afronte la maternidad o paternidad en solitario.
  • Una familia formada por un cónyuge viudo y sus hijos.
  • Una familia en la que el progenitor se quede a cargo de los hijos sin que haya custodia compartida.

Las familias con hijos tutelados o en régimen de acogida también pueden solicitar este carnet.

Solicitar el carnet monoparental por primera vez

Los que quieran solicitar el carnet de familia monoparental por primera vez todos los interesados —independientemente de la condición que cumplan— tendrán que presentar una solicitud en la que se especifique:

  • Nombre, apellido y DNI.
  • Indicar que se solicita el certificado de familia monoparental.
  • Indicar cómo quiere recibir las comunicaciones y el certificado: electrónico o postal.

En el caso de que en el libro de familia solo aparezca un progenitor, deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Copia del DNI del solicitante.
  • Copia del libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.
  • Certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
  • Declaración jurada de no convivir en pareja.
  • Certificado negativo de inscripción en el Registro Autonómico de Parejas de Hecho de Galicia.

Las familias con hijos de entre 21 y 25 años, documentación que acredite que están estudiando. Quedan exentos los hijos con una discapacidad igual o superior al 33%, que en este caso tendrán que adjuntar el certificado del grado de discapacidad.

Si en el libro de familia aparecen dos cónyuges, pero hay una sentencia de divorcio o separación y el progenitor queda a cargo de los hijos sin custodia compartida, tendrá que presentar los mismos documentos que en el caso anterior, incluyendo además la copia de la sentencia o la resolución judicial que indique las medidas paterno-filiales y el convenio regulador.

En el caso de que uno de los padres haya fallecido y el otro progenitor quiera solicitar el carnet de familia monoparental, tendrá que presentar la documentación anteriormente descrita y, además, el certificado de defunción si no figura en el libro de familia.

Renovar el carnet monoparental

Las familias que tengan el carnet monoparental caducado y estén interesados en renovarlo de nuevo, tendrán que entregar los siguientes documentos junto a la solicitud:

  • Copia del libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.
  • Certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
  • Declaración jurada de no convivir en pareja.
  • Certificado negativo de inscripción en el Registro Autonómico de Parejas de Hecho de Galicia.
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