La ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero, ha pagado los 18.000 euros a los que los magistrados la condenaron por presentar como un "maltratador tanto de su hijo como de su ex pareja", a Rafael Marcos, expareja de María Sevilla, un día después de conocerse que aún no los había abonado, según ha publicado El Mundo.
La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha comunicado este viernes el pago de la ministra de Igualdad a las partes tras publicarse, un día antes, que la defensa de Rafael Marcos "había solicitado la averiguación de su patrimonio para proceder a su embargo", apuntan desde El Mundo.
Montero tenía 20 días para abonar la multa de forma voluntaria, pero la consignación no se realizó y la abogada de Marcos, Ruth Arroyo, se vio obligada a acudir al Alto Tribunal para averiguar la situación de sus bienes con el objetivo de embargarlos y de esta forma cumpliera con su condena.
Este movimiento se produjo después de que la Sala de lo Civil estimara parcialmente la demanda de Marcos y condenara a Montero a pagar 18.000 euros, en lugar de los 85.000 que él reclamaba.
Los magistrados también condenaron a la dirigente de Podemos a eliminar el 'tweet' del 25 de mayo de 2022 donde compartió el vídeo con sus palabras y a publicar en su cuenta de Twitter y en un periódico de ámbito nacional el encabezamiento y fallo de la sentencia.
Palabras tras el indulto concedido a María Sevilla
Marcos demandó a Montero por las palabras que pronunció el 25 de mayo de 2022 durante la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres, y su difusión en Twitter.
Aquel día, tras hacerse público el indulto concedido a Sevilla, la ministra de Igualdad señaló que el Estado tenía "una deuda" con "las madres protectoras" y que éste debía de "ser capaz de proteger" a estas mujeres que "se protegen a sí mismas y a sus hijos de la violencia machista".
El exmarido de Sevilla aseguraba en su demanda que en dicho contexto la ministra le "presentó" como un "maltratador tanto de su hijo como de su ex pareja", alegando que con ello había vulnerado su derecho al honor.
El Supremo le dio la razón recordando que "el honor es un derecho fundamental que protege frente a atentados en la reputación personal, la cual se ve afectada cuando se atribuye a una persona conductas merecedoras del máximo reproche social".
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