Cuándo empiezan a multar las cámaras de la M-30 de Madrid por la Zona de Bajas Emisiones

La nueva Zona de Bajas Emisiones de Madrid entra en vigor
Cartel de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid.
Europa Press
La nueva Zona de Bajas Emisiones de Madrid entra en vigor

Las cámaras de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid ya han comenzado a funcionar. Esto significa que, a partir de ahora, el Ayuntamiento de Madrid controlará las etiquetas de los vehículos que circulan tanto por la M-30 como por su interior con dispositivos foto-rojo, agentes de movilidad y con las mencionadas cámaras. Sin embargo, la pregunta que muchos ciudadanos se hacen es a partir de cuándo comenzarán a multar a los conductores que incumplan la normativa.

El Ayuntamiento de Madrid ha instalado un total de 257 cámaras de vigilancia, las cuales no multarán, por el momento, a los conductores. Solamente se emitirán cartas de advertencia con el fin de informar a los conductores que no pueden entrar en la ZBE y de la implementación de estos nuevos artefactos. El periodo de aviso tendrá una duración de cuatro meses, por lo que desde este viernes 15 de septiembre hasta el 15 de enero de 2024 las cámaras no multarán a los conductores.

No obstante, se debe recordar que los turismos con clasificación ambiental A de los titulares que no estén empadronados y que no hayan abonado el Impuesto de Tracción Mecánica en la ciudad antes del 1 de enero de 2022 no pueden acceder al interior de la M-30. Además, desde hace meses tanto los agentes de movilidad como los dispositivos foto-rojo ya sancionan a los conductores que incumplan con la normativa. Según indica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, las multas pueden llegar a los 200 euros, la cual se puede reducir hasta los 100 euros si se paga pronto.

Nuevas restricciones a la circulación de turismos tipo A en Madrid en 2023.
Nuevas restricciones a la circulación de turismos tipo A en Madrid en 2023.
HENAR DE PEDRO

Desde el 1 de enero de 2024 los vehículos con etiqueta A que no estén empadronados en la ciudad de Madrid o no paguen el IVTM no podrán entrar ni circular por ninguna vía pública urbana del municipio. Por su parte, a partir del 1 de enero de 2025 esta prohibición se extiende a los turismos con etiqueta A que estén domiciliados en la capital, es decir, a los vehículos de personas que residan en la ciudad.

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