Plazos para reclamar el subsidio del SEPE para mayores de 52 años si te lo han denegado

Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Los mayores de 52 años, tal y como recoge el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tienen derecho a un subsidio por desempleo para mayores de 52 años en caso de haber agotado la prestación contributiva. Para optar a ella es necesario estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad que obliga a buscar activamente empleo.

Para acceder a ella, el SEPE recoge en su página web una serie de requisitos para cobrar esta prestación, cuya cuantía es del 80% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y la duración, de cumplirse los requisitos, es hasta que se alcance la edad exigida para tener derecho a la pensión contributiva de la Seguridad Social.

Sin embargo, es posible que, ya sea por no acreditar debidamente el cumplimiento de los requisitos o por un error, sea denegada la solicitud de dicha prestación. En ese caso, los solicitantes deben saber que existe un plazo de apelaciones que el SEPE incluye en su propia página web.

Estos son los plazos para reclamar al SEPE

Desde el SEPE especifican que, "en el caso de no estar de acuerdo con la resolución de aprobación de su solicitud de prestación por desempleo o con la denegación", se puede reclamar "en un plazo de treinta días desde la notificación de la resolución". También se dispone de tres meses desde la presentación de la misma si no se ha recibido respuesta.

Una vez presentada la reclamación, el SEPE debe responder a la misma en el plazo de 45 días. Desde la administración informan de que "si transcurre este plazo sin que se produzca resolución expresa, se entenderá desestimada la reclamación por silencio administrativo. En ese supuesto, es posible interponer en un plazo de 30 días un recurso ante la justicia.

¿Dónde se interpone la reclamación?

La reclamación, avisan desde el SEPE, debe presentarse por escrito con nombre, apellidos, DNI, dirección postal y el motivo de la impugnación, además de la fecha, firma y órgano al que se dirige la reclamación.

Requisitos para la prestación de mayores de 52 años

  • Estar en desempleo
  • ​Tener 52 años o más
  • ​Haber agotado la prestación contributiva
  • ​Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el final de la prestación por desempleo
  • ​Suscribir el acuerdo de actividad
  • ​Carecer de rentas superiores al 75% del SMI
  • ​Acreditar haber cotizado por jubilación un mínimo de 15 años
  • ​Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años.
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