La ayuda del SEPE de más de 10.000 euros para los trabajadores que no tienen derecho a paro

Una mujer se dirige a una oficina del SEPE en Madrid el pasado 4 de julio.
Una mujer se dirige a una oficina del SEPE en Madrid el pasado 4 de julio.
JESÚS HELLÍN / EP
Una mujer se dirige a una oficina del SEPE en Madrid el pasado 4 de julio.

Uno de los requisitos fundamentales para poder cobrar la prestación contributiva por desempleo, más conocido como paro, será haber cotizado por un mínimo de 12 meses. No obstante, aquellas personas que no puedan acceder al paro porque han trabajado menos de un año, sí pueden tener derecho a un subsidio por insuficiencia de cotización o subsidio por desempleo.

"Su duración dependerá del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares", explica la Seguridad Social. Asimismo, "las cotizaciones que le sirvan para reconocer este subsidio no podrán ser tenidas en cuenta para acceder a una futura prestación contributiva".

Cuantías y duración de esta ayuda económica

La cuantía de este subsidio es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), esto es, 480 euros mensuales. Esta ayuda puede recibirse durante un periodo de 21 meses, siempre y cuando se haya cotizado seis o más meses, y si tiene responsabilidades familiares. 

"En este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final", especifica el organismo. Por tanto, la persona que cumpla con estos requisitos recibirá una ayuda total en este tiempo de 10.080 euros. 

No obstante, si tiene responsabilidades familiares y se ha cotizado durante 3, 4 o 5 meses, el subsidio durará 3, 4 o 5 meses, respectivamente. "Si no tiene responsabilidades familiares, el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses", añaden. 

Requisitos para poder cobrar esta ayuda

Estas son las condiciones generales que se deben cumplir:

  • Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el acuerdo de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo, al menos, 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.
  • No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. 
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