Como actuar en caso de retraso en el pago de los suministros de hogar: ¿hasta cuándo se puede demorar su abono?

Imagen de facturas de energía eléctrica y de gas.
Imagen de facturas de energía eléctrica y de gas.
JORGE PARÍS
Imagen de facturas de energía eléctrica y de gas.

En estos tiempos en los que la inflación se ha incrementado hasta niveles jamás vistos en décadas, en especial en lo que se refiere a los alimentos, son miles los hogares españoles que están pasando verdaderos apuros para hacer frente a todos sus pagos. 

De hecho, aproximadamente el 11% de los españoles lleva retraso en el abono de sus facturas de suministros básicos, sobre todo en los recibos de la luz y el gas, según un informe de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound).

Las consecuencias del impago de los recibos van desde el corte del servicio por parte de las empresas que lo proporcionan hasta incluso el inicio de un proceso judicial contra el cliente. A continuación te explicamos cuáles son los plazos en función del suministro, cómo puedes pagar la deuda o lo que debes hacer en caso de pérdida del servicio. 

Electricidad

El plazo normal para pagar la factura de luz es de 20 días naturales a partir de su fecha de emisión, aunque si el último día cae en sábado o festivo, vencerá en la primera jornada laborable que le siga.

En el caso de que el titular del servicio no pueda hacer frente al pago en ese periodo de tiempo, la compañía suministradora comenzará mandará un aviso con un nuevo plazo para subsanar la deuda. 

Transcurrido ese tiempo, si la factura continúa impagada, la empresa enviará un burofax o carta certificada con otro plazo para liquidar el adeudo y con la fecha de la suspensión del suministro si el usuario no abona la factura. El día previsto para el corte del servicio debe ser al menos dos meses después de recibir la factura.  

Para volver a tener luz, deberás pagar la deuda que tienes más los intereses que se hayan devengado por el tiempo en el que has permanecido sin pagar, además de asumir el coste del reenganche a la red eléctrica. La empresa suministradora, por su parte, tiene la obligación de volver a conectarte antes de 24 horas.

Gas

Como pasa con el recibo de la luz, el plazo normal para pagar la factura del gas es de 20 días naturales a partir de su fecha de emisión y si el último día cae en sábado o festivo, vencerá el siguiente día laborable.

En caso de que persista el impago, el consumidor también dispone de un tiempo extra para abonar el recibo antes de que se produzca el corte del servicio -deben pasar al menos dos meses desde la comunicación de la deuda- que debe ser comunicado por la empresa.

La única diferencia del suministro de gas respecto al de la luz, es que el periodo de restitución del servicio es mayor, de hasta 48 horas.

Agua 

Pese a ser considerado un servicio esencial, también nos podemos quedar sin agua si no abonamos la factura. Desde la fecha de emisión de la factura, el abonado tiene, dependiendo de la empresa pública que suministre el servicio, entre 15 y 30 días naturales. Normalmente, cuando son 15 días, una vez acabo ese plazo se concede una prórroga con una duración similar al pago voluntario.

Pero si esta prórroga vence sin que el cliente haya saldado su deuda, las compañías podrán suspender el suministro. No obstante, muchas de estas entidades permiten fraccionar o aplazar el cobro de la factura. Eso sí, cobrando los correspondientes intereses. 

Teléfono e internet

El teléfono fijo, considerado una prestación básica, puede estar hasta un mes funcionando con normalidad sin que haya un primer aviso ante la incidencia por parte del operador. 

Si persiste la deuda, la ley permite a la compañía cortar todas las llamadas salientes, salvo las realizadas al servicio de emergencias 112 y las que sean a cobro revertido. El operador podrá dar de baja la línea cuando se cumplan tres meses del impago, aunque también se exige aviso previo.

En el caso de la telefonía móvil y el acceso a Internet, el consumidor tendrá que revisar su contrato para comprobar los supuestos y requisitos en que puede producirse el corte del servicio por impago.

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