Roca pide su readmisión en el ayuntamiento marbellí o que se le indemnice

  • El consistorio ha despedido a Roca, en prisión desde marzo de 2006, "por faltas repetidas e injustificadas a su puesto de trabajo".
  • El ex asesor urbanístico ha pedido su readmisión en la institución o una indemnización por "despido improcedente".
El ex asesor de Urbanismo, en la última jornada del juicio por una pieza separada de 'Malaya'.
El ex asesor de Urbanismo, en la última jornada del juicio por una pieza separada de 'Malaya'.
EFE
El ex asesor de Urbanismo, en la última jornada del juicio por una pieza separada de 'Malaya'.

El ex asesor urbanístico del Ayuntamiento de Marbella y presunto cerebro de la trama de corrupción del 'caso Malaya', Juan Antonio Roca, despedido de su puesto en el consistorio el 24 de agosto, ha pedido su readmisión en la institución o una indemnización por "despido improcedente".

Roca solicitó en un escrito presentado ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Junta de Andalucía (CEMAC), que se reconozca que "la extinción del contrato de trabajo es improcedente" y que se celebre un acto de conciliación con el Ayuntamiento. Por esta razón, Roca expresa que "se acceda a su readmisión o en su caso a una indemnización en la cuantía fijada para el despido improcedente, y en todo caso al abono de los salarios de tramitación devengados".

Del mismo modo Roca manifiesta que tiene antigüedad en la empresa demandada desde el 22 de abril de 1992 y que "en la actualidad percibe un salario mensual de 9.066,83 euros con inclusión de prorratas de pagas extras y con centro de trabajo en la Gerencia de Obras del Ayuntamiento de Marbella".

Por su parte el CEMAC presentó este jueves por registro de entrada en el Ayuntamiento de Marbella la citación para que, como empresa demandada, asista a dicho acto de conciliación, que tendrá lugar el martes 15 de septiembre en el CEMAC.

La resolución de despido conocida este jueves estima el despido disciplinario de Roca por comisión de una falta grave consistente en "falta repetida e injustificada a su puesto de trabajo" en el Organismo Autónomo Local Servicios Operativos desde el 31 de marzo de 2006 -cuando se detuvo por el 'caso Malaya'- hasta la actualidad de modo ininterrumpido.

En sus fundamentos legales, la resolución expresa que "las ausencias al puesto de trabajo por hallarse en prisión una vez recaída sentencia firme dejan de tener carácter de causa de suspensión provisional del contrato de trabajo para configurar causa de despido disciplinario".

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