Estas son las multas que pueden ponerte si te encuentras dinero en la calle y te lo quedas

El impulso de las nuevas tecnologías ha propiciado el uso de nuevos métodos para pagar que, cada vez más, están alejando el pago en efectivo. Tarjetas contactless, pago con el móvil, códigos QR o transferencias a través de aplicaciones como Bizum. Estas son solo algunas de las herramientas que están desplazando el dinero en efectivo y cada vez son menos las personas que llevan billetes o monedas en la cartera.
Multas por no devolver dinero encontrado en la calle
El impulso de las nuevas tecnologías ha propiciado el uso de nuevos métodos para pagar que, cada vez más, están alejando el pago en efectivo. Tarjetas contactless, pago con el móvil, códigos QR o transferencias a través de aplicaciones como Bizum. Estas son solo algunas de las herramientas que están desplazando el dinero en efectivo y cada vez son menos las personas que llevan billetes o monedas en la cartera.

¿Alguna vez ibas caminando y te has encontrado dinero en la calle? Se trata de una situación bastante frecuente ante la que hay que conocer cuáles son las consecuencias de no devolverlo, según dicta la ley, ya sea con dinero en efectivo, un ordenador, un móvil u otro objeto. 

El Código Penal recoge en el artículo 253 que "serán castigados los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido".

Qué hacer ante esta situación

En este sentido, destaca la ley, si la cantidad de lo apropiado no supera los 400, "se impondrá una pena de multa de uno a tres meses". Sustraer dinero ajeno está regulado por esta misma normativa, por lo que la pena será decidida por un juez.

En este sentido, el artículo 254 indica que "quien, fuera de los supuestos del artículo anterior, se apropiare de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años". Por tanto, en función del valor del objeto, la pena podría ser de hasta dos años de cárcel. 

¿Y qué debemos hacer en estos casos? El Código Civil señala en su artículo 615 que quien encuentre una cosa mueble "debe restituirla a su anterior poseedor". En el caso de que no estuviera reconocido o identificado, se debe consignar "inmediatamente" en poder de la Alcaldía del municipio en el que se haya encontrado. También se puede contactar con la Policía Local o con la Oficina de Objetos Perdidos de la localidad, en el caso de que la hubiera. 

"Si la cosa mueble no pudiere conservarse sin deterioro o sin hacer gastos que disminuyan notablemente su valor, se venderá en pública subasta luego que hubiesen pasado ocho días desde el segundo anuncio sin haberse presentado el dueño, y se depositará su precio", añade el artículo. Si pasan dos años, a contar desde la segunda publicación, sin que se presente el dueño, "se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado".

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