El impacto de la ley del 'solo sí es sí' en Madrid: 20 rebajas de pena y 447 causas en estudio o susceptibles de revisión

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 2 de noviembre de 2022, en Madrid (España).
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 2 de noviembre de 2022, en Madrid (España).
Eduardo Parra / Europa Press
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 2 de noviembre de 2022, en Madrid (España).

Desde que la ley del 'solo sí es sí' entró en vigor el pasado 7 de noviembre, un total de 20 delincuentes sexuales han visto rebajadas sus penas y seis de ellos han sido excarcelados en consecuencia en Madrid. Son los datos que arroja este viernes la Audiencia Provincial, que ha advertido además de que hay 447 causas susceptibles de revisión, de las cuales 176 están siendo ya estudiadas. 

"Los magistrados y magistradas de la Audiencia Provincial de Madrid han comenzado ya la revisión de 121" causas y "a instancia de parte" se tramita la revisión de 55, ha comunicado la Junta Sectorial del tribunal. De las 20 rebajas de condena que han decretado los jueces madrileños en los últimos 18 días, siete de ellas han supuesto el decreto de excarcelación, sin bien uno de los beneficiados no ha salido de prisión al tener sentencia condenatoria firme por otros delitos. 

La noticia supone un ascenso en las cifras respecto a las últimas informaciones de los medios, que estimaban una veintena de rebajas de condena en el total del territorio nacional. 

Las informaciones coinciden con el anuncio de la decisión de la Audiencia de Madrid en torno al criterio que seguirá de ahora en adelante al respecto de la ley de la ministra Irene Montero. En contra de lo decretado por la Fiscalía General del Estado, el órgano madrileño ha decidido que se rebajarán las penas a delincuentes sexuales en los casos en los que proceda aplicar el principio de favor al reo. 

Según los jueces madrileños, debe primar la aplicación del artículo 2.2 del Código Penal, que obliga a aplicar la norma más favorable para el condenado, sin importar que ya halla entrado en prisión. La Fiscalía, por otro lado, considera que deben aplicarse las disposiciones transitorias del Código Penal que establecen la prohibición de rebajar las condenas tras un cambio de ley más favorable mientras la pena aplicada al reo siga en la horquilla de la nueva norma.

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