Requisitos para solicitar las ayudas para mejoras de accesibilidad en las comunidades de vecinos de la Comunidad de Madrid

Edificio de viviendas en Madrid.
Edificio de viviendas en Madrid.
AndresCmostoles / PIXABAY
Edificio de viviendas en Madrid.

La Comunidad de Madrid ha aprobado la convocatoria de una línea de ayudas para la mejora de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas en los edificios, dotada de 26,5 millones de euros. Estará activa hasta finales de 2024 y podrán beneficiarse personas particulares, entidades y administraciones públicas propietarias de domicilios o bloques residenciales, comunidades de propietarios, cooperativas y empresas concesionarias.

En cuanto a las actuaciones subvencionables, serán aquellas que se ejecuten en casas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, en pisos individuales de una comunidad o en edificios residenciales completos. 

"Se contemplan la instalación de domótica o elementos tecnológicos y de apoyo encaminados a potenciar la autonomía de personas con movilidad reducida o mayores, salvaescaleras, ascensores o videoporteros, sistemas de apertura o control de accesos, entre otros", indica el ejecutivo regional en un comunicado.

Cuáles son los requisitos

Como se detalla en la convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), se deberán cumplir los siguientes requisitos, en el caso de edificios:

  • Estar finalizados antes de 2006.
  • Que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
  • Que al menos el 30% de las viviendas constituyen el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
  • Que se aporte Informe de Evaluación de Edificios, licencia municipal preceptiva y Proyecto de ejecución o Memoria Técnica.
  • Que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios,

Respecto a las viviendas unifamiliares y viviendas en edificios, los requisitos exigidos son los siguientes: 

  • Estar finalizados antes de 2006.
  • Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda.
  • Que se aporte el Informe técnico requerido, licencia municipal preceptiva y Proyecto de ejecución o Memoria Técnica.

Cuantía de las ayudas

La cuantía máxima de la subvención no podrá superar los límites siguientes:

  • 12.500 euros por vivienda para actuaciones en viviendas unifamiliares.
  • 9.000 euros por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite para actuaciones en edificios de tipología residencial colectiva.
  • 6.000 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
  • El 60% del coste de la actuación.

El límite unitario de las ayudas establecido en los apartados en los tres primeros casos podrá aumentarse en 3.000 euros más por vivienda en edificios o viviendas declaradas 'Bien de Interés Cultural', catalogados o que cuenten con algún nivel de protección en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente.

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