Los trabajadores de Burger King, Alsea, KFC o McDonalds tendrán un sueldo mínimo de 16.000 euros para 2024

  • Se trata de uno de los puntos del primer convenio sectorial de este ámbito.
  • El texto contiene la reducción de la jornada anual y la mejora de los descansos semanales.
Un establecimiento de Burger King.
Un establecimiento de Burger King.
BURGER KING
Un establecimiento de Burger King.

Los más de 50.000 trabajadores de grandes empresas de la restauración moderna como Burger King, Alsea, Rodilla, Tagliatella, KFC, Tacobell, McDonalds, Pansfood y Goiko tendrán un salario mínimo anual de 16.000 euros para 2024, según figura en su primer convenio sectorial, cuya vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2025.

En concreto, CC OO, que firmó la semana pasada este convenio al igual que UGT, ha destacado en un comunicado que este es un "paso clave" para revertir la precariedad del sector, con avances cuantitativos y cualitativos de mucho calado, que dignifican y homogeneizan las condiciones laborales.

El sindicato, además de la concreción del SMI, destaca la reducción de la jornada anual a 1.792 horas, la mejora de los descansos semanales, así como los avances en la planificación previa de jornada.

Este nuevo sector engloba a las empresas o grupos de marcas comerciales de cadenas de restauración de gran implantación a nivel estatal, excluidas aquellas ubicadas en entornos dedicados exclusivamente al transporte (aeropuertos y estaciones de ferrocarril) y las que dedican su actividad a la hostelería tradicional, restauración social y catering y preparación de alimentos para reparto a domicilio.

Además, el capítulo de contratación introduce elementos de desarrollo de la Reforma Laboral, que garantizan y concretan cuatro meses de llamamiento mínimo para fijos discontinuos. Además, establecen un mínimo de 20 horas y consolidación de horas complementarias en los contratos a tiempo parcial. También se introducen aspectos importantes en materia de pago de nocturnidad e incapacidad temporal.

CC OO ha destacado el desarrollo del capítulo de Igualdad, dentro del cual se han incorporado una referencia explícita a la reciente ley del solo sí es sí y la obligación de las empresas de promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, con especial incidencia en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

De esta forma, se trata del primer convenio colectivo que hace esta referencia explícita tras la publicación de la ley a primeros de septiembre.

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