Qué sanciones impone el SEPE si no renuevas la demanda de empleo

Varias personas pasan por delante de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en Madrid.
Varias personas pasan por delante de una oficina del SEPE
CARLOS LUJÁN / EP
Varias personas pasan por delante de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en Madrid.

Uno de los requisitos fundamentales para poder recibir la prestación económica por desempleo es haber cotizado por un periodo mínimo de 12 meses aunque, en el caso de no alcanzar este tiempo, se puede acceder al subsidio por desempleo.

En cualquiera de ambos casos, una de las condiciones para poder recibir la ayuda es encontrarse en situación legal de desempleo y haberse inscrito como demandante. No obstante, como recuerda el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), "una vez aprobada la prestación por desempleo, esta puede suspenderse por diversas causas, pudiendo ser reanudada posteriormente".

Cuándo se suspenderá la prestación

Entonces, ¿por qué causas se puede suspender la ayuda por desempleo? Uno de los motivos que puede pasar más desapercibido, recuerda el SEPE, es la inscripción como demandantes de empleo. 

Así, "la entidad gestora suspenderá el abono de las prestaciones durante los periodos en los que las personas beneficiarias no figuren inscritas y se reanudará a partir de la fecha en que se acredite la nueva inscripción, previa comparecencia ante el SEPE, salvo que proceda el mantenimiento de la suspensión de la prestación o su extinción por alguna de las causas previstas en la norma".

En este sentido, no renovar la inscripción como demandante de empleo puede suponer determinadas sanciones para la persona interesada en recibir esta prestación. Así, el SEPE también avisa que las personas que no cumplan con las obligaciones establecidas en la ley recibirán una sanción en función de la gravedad:

  • Una infracción leve conlleva a la pérdida de un mes de prestaciones.
  • Dos infracciones leves conllevan a la pérdida de tres meses de prestaciones. 
  • Tres infracciones leves conllevan a la pérdida de seis meses de prestaciones. 
  • Cuatro infracciones leves conllevan a la extinción de prestaciones.

Estas medidas se aplicarán en escalas a partir de la primera infracción y cuando, entre una infracción leve y la anterior, "no hayan pasado más de 365 días, con independencia del tipo de infracción". 

En el caso de cometer una infracción muy grave, se sancionará con la extinción completa de las prestaciones o subsidios por desempleo. Además, "se les podrá excluir del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda de fomento de empleo durante un año, así como del derecho a participar durante ese período en formación profesional para el empleo", concluye el SEPE.

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