La justicia europea rechaza el recurso de Puigdemont contra la Eurocámara por negarle el escaño

Puigdemont cree que "no sirve de nada" dialogar con el Gobierno sin unidad en el independentismo
Puigdemont en una imagen de archivo.
Gloria Sanchez
Puigdemont cree que "no sirve de nada" dialogar con el Gobierno sin unidad en el independentismo

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) declaró este miércoles "inadmisible" el recurso que el expresidente catalán Carles Puigdemont interpuso contra la decisión del Parlamento Europeo por no dejarle participar en la primera sesión plenaria de esta legislatura, el 2 de julio de 2019.

La sentencia emitida este miércoles, no obstante, es recurrible ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la UE.

La Junta Electoral Central proclamó como eurodiputados a Puigdemont y al también representante de JxCAT Toni Comin, pero sin embargo, no incluyó sus nombres en la lista definitiva que envío al Parlamento Europeo porque no habían cumplido con el requisito de jurar o prometer la Constitución española.

Ante tal situación, el entonces presidente de la Eurocámara, Antonio Tajani, les impidió formalizar los trámites para poder ejercer como eurodiputado.

Según la sentencia que emitió hoy el TGUE, "la negativa del expresidente del Parlamento a reconocer a los demandantes la condición de diputado europeo (...) no constituye un acto que produzca efectos jurídicos obligatorios" que afecten a Puigdemont y Comín y, por tanto, "el recurso de anulación contra dicha negativa es inadmisible".

Los jueces recuerdan que el Acta electoral europea "establece un reparto de competencias entre el Parlamento y los Estados miembros", de tal manera que "el procedimiento electoral se rige, en cada Estado miembro, por las disposiciones nacionales".

Así pues, en "la comprobación de las credenciales de sus miembros, el Parlamento debe basarse en la lista de los candidatos electos oficialmente notificada por las autoridades nacionales, que, por definición, se elabora atendiendo a los resultados oficialmente proclamados y una vez estas autoridades han resuelto las eventuales controversias suscitadas en relación con la aplicación del Derecho nacional".

Por tanto, "la imposibilidad" de Puigdemont y Comín "de asumir sus funciones, de ejercer sus mandatos y de ocupar sus escaños en el Parlamento no deriva de la negativa del expresidente del Parlamento a reconocerles la condición de diputado europeo, (...) sino de la aplicación del Derecho espanüol" respecto al que "el Parlamento Europeo no disponía de margen de apreciación alguno".

Pugidemont y Comín ejercen como eurodiputados desde enero de 2020, tras la sentencia que el TJUE emitió sobre el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, el 19 de diciembre de 2019.

Esa sentencia estableció que la condición de eurodiputado se adquiere desde la proclamación oficial de los resultados, momento en que se obtiene también la inmunidad parlamentaria.

A raíz de ese pronunciamiento, el expresidente del Parlamento Europeo David Sassoli, haciendo uso de las facultades que le otorga su cargo, permitió a Puigdemont y Comín asumir su escaño, en una decisión que se extendió a la eurodiputada de JxCAT Clara Ponsatí, en febrero de 2020, tras la reconfiguración de la Eurocámara por el Brexit.

Puigdemont y Comín estudiarán recurrir al TJUE

Puigdemont y Comín han constatado que, después de que el Tribunal General de la UE (TGUE) haya rechazado el recurso contra la Eurocámara por negarles inicialmente el escaño y la inmunidad asociada como eurodiputados, se abre la vía de la casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Así lo han explicado en mensajes en sus respectivas cuentas de Twitter una vez el TGUE ha rechazado por inadmisible el recurso presentado por ambos y ha constatado que el entonces presidente de la Eurocámara se limitó a tomar nota de la situación jurídica de los dos políticos independentistas, cuyos nombres no figuraban en la lista de eurodiputados electos notificada por la Junta Electoral Central.

Según Puigdemont, la sentencia del TGUE deja claro que cuándo el juez Pablo Llarena dictó las euroórdenes, en octubre de 2019, ya gozaban de inmunidad: "Ya no es, pues, un argumento de parte: ahora ya está en una sentencia europea". 

Lo mismo dice Comín, que defiende que la sentencia evidencia que tienen inmunidad desde el momento en que fueron elegidos, por lo que las euroórdenes de Llarena son "ilegales".

Así, cree que Llarena debería haber pedido el suplicatorio en el Parlamento Europeo antes de dictar dichas euroórdenes y las órdenes de detención en las que se sustentan, "unas y otras incompatibles con la inmunidad" de la que considera que deberían haber gozado entonces.

Para Puigdemont, la sentencia permite abrir también "la opción de la casación, como ya pasó con la cautelares denegadas por el mismo TGUE y posteriormente aceptadas por el TJUE", algo que también ha contemplado Comín.

"Veremos si hay elementos suficientes para recurrir en casación ante el TJUE la sentencia de ayer. Recordemos que, hasta ahora, en todas las ocasiones que hemos recurrido las decisiones del TGUE ante el TJUE, éste nos ha acabado dando la razón", ha sostenido.

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