Consultorio de Vivienda: "Hay vecinos que superan el límite de su plaza y dicen que su coche es muy grande, ¿qué puedo hacer?"

Consultorio de vivienda.
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Paul Volkmer de Pexels.
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Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es.

Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

PREGUNTA Enfrente de mi casa hay un bar de copas con licencia de sala de fiestas que los fines de semana no nos deja dormir. sus clientes salen a la calle a fumar, gritando y armando escándalo.

Llevo tiempo llamando a la policía municipal y solo les piden que se vayan. Me dicen que solo les pueden pedir que se vayan, porque les ampara el derecho constitucional de libre circulación. Y al dueño del local dicen que no se le puede pedir responsabilidades por estar sus clientes en la vía pública.

Es como si la "Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica" del ayuntamiento de Madrid no existiera. Por más que les llamo, y envío correos adjuntando vídeos, la situación no se arregla. ¿La policía le podría pedir algún tipo de responsabilidad al dueño del local? ¿Se le puede exigir que tenga un portero en la calle controlando el comportamiento de sus clientes? ¿Se puede pedir el cierre de ese local o que se declare la zona de protección acústica?

RESPUESTA DE LA EXPERTA El dueño del local tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir en el interior de su local conforme a la licencia de actividad concedida al efecto.

Si cumple con su horario de apertura y cierre y desempeña la actividad para la que tiene concedida la licencia lo que hagan sus clientes fuera del local está fuera de su ámbito de actuación y, por lo tanto, de su responsabilidad que se circunscribe al interior del local.

PREGUNTA Tengo un piso en propiedad que comparto con mi hermano. Al lado alquilaron el piso un matrimonio marroquí que han tenido dos niñas. Hablan muy fuerte siempre, y ahora las niñas tambien lo hacen y corren a todas horas. Al correr incluso vibra el suelo.

Es un edificio de unos 70 años o más y se oye todo. Cuando ponen música y cuando tienen visitas de familiares, ya es... sin palabras. Les dije amablemente que si podían hablar más bajo, pero ellos hablan así.

Las conversaciones por teléfono son terribles (y largas). Llevo casi un año sin vivir en mi casa, porque es insufrible. Nos hemos ido a casa de mi otra hermana. Mi salon está pared con pared con el suyo y no podemos ni ver una película ni estar. ¿Qué se puede hacer legalmente?

RESPUESTA DE LA EXPERTA El problema que me plantea es de lo más comunes y más difíciles de resolver dado que la vía del diálogo no está funcionando.

Dirija un escrito por conducto fehaciente al propietario de la vivienda informando de la situación así como al presidente de la comunidad para que se trate en una junta; probablemente haya otros propietarios sufriendo la misma situación.

Realice una medición de ruidos con un sonómetro para que quede registrado de cara a probar los hechos ante una posible acción judicial contra el propietario e inquilinos.

PREGUNTA Soy propietaria de un piso de 30 m2 que tiene una terraza de 20 m2. Me he enterado de que estoy pagando a la comunidad de propietarios como si la superficie útil fuera de 50 y el administrador de la comunidad no quiere hacer un nuevo cómputo. ¿Qué puedo hacer?

RESPUESTA DE LA EXPERTA Tal y como señala el art. 9.1.e de la LPH, como propietaria está obligada a contribuir al pago de los gastos conforme al coeficiente de propiedad que figura en el título constitutivo y que puede ver en la nota simple o escritura de compraventa de su vivienda.

PREGUNTA Tengo la vivienda en un bloque de 11 casas adosadas. Tengo dos portones de acceso a patios para entrada/salida de animales, peatones, carros o vehículos. El vecino tiene uno sólo. La calle de acceso a portones es común: primero a mis portones y finalmente el suyo.

El vecino ha cogido la costumbre de aparcar en la calle de acceso y me bloquea la entrada a uno de mis portones, en algunos casos hasta me ha bloqueado los dos, impidiendo la entrada y salida de mi vehículo. Le he dicho que esa calle es solo de zona de paso y no de parking. El tiene un patio y porche interior como el mío y además una zona verde para aparcar coches y aperos de labranza para evitar obstaculizarme.

Todo lo que indico está construido de acuerdo al proyecto del arquitecto que diseñó el pueblo, el cual ha obtenido la calificación de protección de la arquitectura moderna por la Junta de Andalucía.

Puesto en conocimiento de la policía municipal me dicen que son ellos los responsables de organizar el tráfico y de sancionar si procede y que no pueden hacer nada si no tengo una señal de vado. Esta policía local está a 20 kilómetros de la pedanía, no tiene grúa municipal y además el acceso al pueblo por el término municipal es una carretera donde en más del 70% de la carretera no se pueden cruzar dos vehículos. Además por arcén tiene unos socavones de más de 30 cm, lo que la hace ser una carretera de alta peligrosidad.

RESPUESTA DE LA EXPERTA La Policía le ha dado la solución y es tramitar un vado para prohibir el estacionamiento de vehículos. En ese caso, si estacionan indebidamente, no solo podrán multarle sino avisar a una grúa para que proceda a su retirada.

Asimismo, puede consultar la posibilidad de instalar bolardos para evitar el estacionamiento de otros vehículos.

PREGUNTA En mi vivienda adosada a la del vecino, este hizo construcción nueva en lo que era patio abierto y ha volcado las aguas a la acera de acceso a mi vivienda sin canalizar. Lo lógico es que hiciera la vivienda y volcara las aguas a su propio patio.

Estas aguas van a una zona ajardinada. Me puede provocar humedades en los cimientos de la vivienda. Le he pedido que canalice a los desagües comunes del pueblo y no hace caso.

Le traslado el problema al ayuntamiento para que interceda, porque es el responsable de autorizar las obras nuevas, y se desentiende. Por favor, díganme cómo proceder.

RESPUESTA DE LA EXPERTA Si la vía del diálogo no ha funcionado y el ayuntamiento de desentiende, deberá acudir a la vía judicial.

En cuanto a la inactividad del ayuntamiento, habría que corroborar a qué se debe dado que si las obras se han ejecutado sin la licencia oportuna el ayuntamiento sí tiene que comprobar el estado de las obras.

PREGUNTA En mi comunidad hay algún vecino que fuma en el baño y he tenido que tapar los respiraderos para que mi casa no apeste a tabaco. ¿Puedo denunciarlo en algún sitio? No soporto el olor.

RESPUESTA DE LA EXPERTA Al encontrarse en el interior de la vivienda, el propietario puede fumar dado que no vulnera ningún tipo de normativa al respecto.

PREGUNTA El tejado de mi bloque tiene 35 años y está tapado con tela asfáltica hace 12. Se ha deteriorad y los vecinos no quieren hacerlo nuevo. El arquitecto sí recomienda hacerlo nuevo, así como una empresa que hace 6 años tapó unas goteras. ¿Tengo éxito en un juicio si los demando?

RESPUESTA DE LA EXPERTA El tejado tiene la consideración de elemento común del edificio. Por ello, la comunidad está obligada a ejecutar las obras necesarias para proceder a su reparación.

Es aconsejable ejecutar las obras siguiendo los criterios del técnico dado que es quien tiene el conocimiento suficiente para determinar qué tipo de obra es la adecuada.

Si la comunidad decide ejecutar una obra desoyendo al arquitecto y, con ello, no se va a resolver los daños de forma adecuada, podrá impugnar judicialmente el acuerdo.

PREGUNTA En el garaje en el que aparco mi coche varios copropietarios no respetan los límites de su plaza y aparcan ocupando las zonas de paso, con lo que se dificulta muchísimo las maniobras de entrada y salida de la plaza, con el riesgo de rozar el coche.

Ya he protestado en la reunión de vecinos pero sin resultados. Argumentan que qué le van a hacer si el coche es demasiado grande, que no lo van a cambiar. ¿Qué se puede hacer?

RESPUESTA DE LA EXPERTA En estos casos, o bien la comunidad acuerda el inicio de acciones judiciales por actividades molestas o, en su defecto, como propietario directamente afectado puede acudir a la vía judicial.

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