¿Cuánto dinero cobras si te toca estar en una mesa electoral el 19-J?

  • Un decreto fija las compensaciones y las sanciones en caso de ser elegido por sorteo.
  • Un total de 30.561 andaluces integrarán las más de 10.000 mesas electorales.
Los miembros de una mesa electoral ultiman los preparativos previos a la apertura del colegio Roma, en Madrid.
Los miembros de una mesa electoral ultiman los preparativos.
Víctor Lerena / EFE
Los miembros de una mesa electoral ultiman los preparativos previos a la apertura del colegio Roma, en Madrid.

Las elecciones andaluzas se celebran el próximo 19 de junio y para que transcurran con total normalidad y garantías democráticas, la Ley prevé distintas medidas sobre la configuración de las mesas electorales. Entre ellas, se precisa quiénes pueden ser llamados a integrarlas y cuánto dinero deben percibir por ello. 

¿Cuántas mesas electorales habrá el 19-J?

El domingo 19-J se constituirán un total de 10.187 mesas electorales en los municipios andaluces. Esto supone 30.561 miembros que las integrarán. 

Cada mesa electoral está compuesta por tres personas, una que ostenta la Presidencia y otras dos que ejercen las Vocalías, elegidas por sorteo entre las personas mayores de edad censadas en una sección electoral, que sean menores de 65 años y que sepan leer y escribir. 

Para ostentar la Presidencia de la Mesa Electoral, se necesita además tener el título de bachiller o formación profesional de segundo grado. En caso de que no haya electores con esta titulación en toda la sección electoral, se escogerán entre quienes tengan titulación de graduado escolar o titulación equivalente. 

¿Cuánto cobran los integrantes de la mesa?

Un decreto de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior regula las compensaciones económicas a percibir por las personas integrantes de las Juntas Electorales, el personal a su servicio y otro personal colaborador con motivo de las elecciones.

Dicho decreto fija una dieta de 65 euros para los miembros de cada Mesa. Estos tendrán, además, derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día después de las elecciones y a un permiso retribuido durante el día de la votación. 

Además estarán protegidos por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en la jornada electoral. 

¿Qué pasa si no acudo a la mesa electoral? 

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) establece en su artículo 143 que "quienes hayan sido designados para la Presidencia o Vocalías de una Mesa electoral y dejen de concurrir a desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso que impone la Loreg, incurrirán en la pena de privación de libertad de 14 a 30 días y multa de dos a diez meses".

Así, los cargos de presidente y vocal de mesas electorales son obligatorios y su designación debe ser notificada en un plazo máximo de tres días a los interesados, que disponen a su vez de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida a la persona prevista como primer suplente. 

¿Cuánto cobran los integrantes de las Juntas?

Los miembros de las Juntas Electorales de Andalucía reciben un salario de 4.975 euros para la presidencia; 4.522 para la vicepresidencia; 4.068 para la secretaría y los 3.166 para las vocalías.

Por su parte, los miembros de las Juntas Provinciales percibirán las siguientes cantidades en provincias con un censo superior a 1.000 mesas electorales: 3.375 euros la presidencia; 3.165 la secretaría; 1.477 las vocalías judiciales y los delegados de la Oficina del Censo Electoral, y 844 euros las vocalías no judiciales. En el caso de que el censo sea inferior a las 1.000 mesas, estas compensaciones serán de 3.165, 2.954, 1.351 y 760 euros, respectivamente.

Para las Juntas Electorales de Zona se fijan 2.532 euros (presidencia), 2.322 (secretaría), 1.055 (vocalías judiciales) y 590 (vocalías no judiciales). Los secretarios de ayuntamientos, en cuanto delegados de estas juntas, percibirán 929 euros (en el caso de municipios con más de 50 mesas), 844 (entre 11 y 50 mesas) y 760 (menos de 11). 

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