Declaración de la renta: estas son las deducciones por alquiler en cada comunidad

Hacienda devolverá 11.122 millones en la Campaña de la Renta
Imagen de una funcionaria atendiendo a una contribuyente.
Europa Press
Hacienda devolverá 11.122 millones en la Campaña de la Renta

La campaña de la Renta del ejercicio 2021 ya ha comenzado en España. La mayoría de las comunidades autónomas cuentan con una deducción del alquiler en el IRPF para el alquiler de una vivienda, principalmente para inquilinos, pero en algunos casos también para propietarios.

Solo la Región de Murcia no recoge desgravaciones para el alquiler. El portal especializado en vivienda Idealista recoge en un reportaje las desgravaciones por alquiler en cada comunidad. 

Andalucía

En Andalucía se admite la deducción del 15% de las cantidades satisfechas durante 2021 por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 500 euros anuales, para los contribuyentes que cumplan determinadas condiciones.

Aragón

Según determinados casos, en la comunidad de Aragón la deducción máxima es del 10% de las cantidades satisfechas durante 2021, con una base máxima de 4.800 euros anuales.

Asturias

En el Principado de Asturias, la deducción de alquiler en el tramo autonómico es del 10% de las cantidades satisfechas en 2021, con un máximo de 455 euros. En zonas rurales, la deducción asciende al 15%, con el límite de 606 euros y en ambos casos hay que cumplir ciertos requisitos.

Baleares

En las islas Baleares, existe una deducción del 15% por arrendamiento de la vivienda habitual en favor de determinados colectivos, con un máximo de 400 euros.

Canarias

En el archipiélago canario se reconoce una bonificación del 20% del dinero pagado por alquiler durante el ejercicio fiscal 2021 hasta un máximo de 600 euros anuales.

Cantabria

En Cantabria, la deducción  para arrendatarios jóvenes, mayores y con discapacidad es del 10% del dinero pagado durante el año hasta un máximo de 300 euros anuales (o 600 euros en caso de tributación conjunta), si se cumplen ciertas condiciones.

Castilla-La Mancha

En la comunidad de Castilla-La Mancha, la deducción es del 15% de lo pagado por el alquiler en 2021 y con un máximo de 450 euros anuales, pero en algunos supuestos puede aumentar al 20%, con un máximo de 612 euros anuales.

Castilla y León

Castilla y León tiene una deducción para inquilinos jóvenes menores de 36 años: la desgravación es del 20%, con un límite de 459 euros al año, aunque en determinados casos, como vivir en municipios pequeños, puede ser superior.

Cataluña

En la comunidad autónoma de Cataluña se recoge deducción autonómica para arrendatarios por el alquiler de vivienda habitual del 10%, con un límite máximo de 300 euros anuales, si se cumplen ciertos requisitos.

Extremadura

En la comunidad extremeña, la deducción para inquilinos es del 5% de lo pagado por el alquiler de la vivienda habitual en durante el año, con un límite de 300 euros anuales.

Galicia

En la comunidad gallega, los inquilinos pueden desgravarse un 10% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio con un límite máximo de 300 euros por año.

Madrid

En la Comunidad de Madrid, la deducción disponible es del 30%, con un máximo de 1.000 euros siempre y cuando los arrendatarios sean menores de 35 años que ganen menos de 25.620 euros al año en su base imponible.

Murcia

Murcia es la única comunidad que no cuenta con deducción alguna para el alquiler.

La Rioja

Para inquilinos de menos de 36 años en La Rioja la deducción por alquiler es del 10%, con un límite anual de 300 euros por contrato de arrendamiento.

Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana hay una deducción general del 15% de las cantidades pagadas con un límite de 550 euros, pero según determinadas condiciones, puede aumentar hasta el 20% o incluso el 25%.

Navarra

En la Comunidad Foral de Navarra, si se cumplen ciertos requisitos, existe una deducción del 15% del dinero pagado durante el pasado ejercicio fiscal hasta un máximo de 1.200 euros anuales.

País Vasco

En la comunidad autónoma vasca se recoge una deducción por alquiler de vivienda habitual del 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con un límite cuantitativo a 1.600 euros anuales.

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