4,4 millones de españoles invierten en criptomonedas: ¿Es obligatorio declararlas en Hacienda? ¿Cuándo?

  • La inversión en criptoactivos va al alza a pesar del desconocimiento general sobre los riesgos que conllevan y la supervisión y la fiscalidad a la que están sometidas, según alertan desde Asufin.
  • Paula Gámez, Abogada Tributaria, explica que hay obligación legal de declarar las criptomonedas en España, pero alerta de que "a día de hoy no puede cumplirse esa obligación".
La minería se ha disparado con el paso de los años.
La minería se ha disparado con el paso de los años.
Freepik
La minería se ha disparado con el paso de los años.

Unos 4,4 millones de españoles (11,2% del total) han invertido o invierten en criptomonedas, pese al desconocimiento general sobre los riesgos que conllevan y la supervisión y la fiscalidad a la que están sometidas, según reflejó el 'III Informe sobre conocimiento y hábitos de fintech' de Asufin (Asociación de Usuarios Financieros), que incorpora por primera vez un apartado dedicado a la inversión en criptos.

Paula Gámez, Abogada Tributaria y Socia en el área tributaria de Ceca Magán  Abogados, explica a 20minutos todas dudas y obligaciones fiscales sobre las criptomonedas.

Este robo en criptomonedas es el más grande que se ha realizado este año.
Criptomoneda Ethereum.
Max Pixel

¿Deben declararse las criptomonedas en España?

La Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal establece la obligación de los particulares residentes en España de declarar las criptomonedas (sin incluir referencia alguna a los token) situadas en el extranjero, pero lo cierto es que a día de hoy no puede cumplirse esa obligación.

Las criptomonedas debían declarase en el modelo 720 a lo largo del mes de marzo pero, dicho modelo aún no se ha actualizado por lo que no se puede incluir la información relativa a estas. Es más, se espera que la Administración tributaria española apruebe un modelo específico para suministrar la información relativa a las criptomonedas, el modelo 721.

Por otra parte, todavía estamos pendientes del desarrollo reglamentario de esta nueva obligación y la redacción de la norma genera múltiples dudas.

Los datos han sido proporcionados por una organización estadounidense.
Los datos han sido proporcionados por una organización estadounidense.
Pixabay

¿Cuándo se considera que las criptomonedas están situadas en el extranjero?

En principio, debemos atender al país donde está registrado el “Exchange” (plataformas digitales que permiten intercambiar monedas) pero ¿qué pasa en el caso de los monederos de “hardware”? La ley no aclara este escenario.

¿Habrá que informar, únicamente cuando el saldo exceda de 50.000 euros como ocurre con los saldos de cuentas corrientes en el extranjero? ¿Cómo se valorarán las criptomoneda a estos efectos? 

No se ha establecido un límite por debajo del cual no exista obligación de declarar, por lo que, aunque en principio es razonable esperar que no exista obligación de información por debajo de 50.000 euros todavía no puede afirmarse.

Una empleada atiende a una persona de manera presencial desde una oficina de la Agencia Tributaria.
Una empleada atiende a una persona de manera presencial desde una oficina de la Agencia Tributaria.
Europa Press

Esperemos que el desarrollo reglamentario de la norma aclaré todas estas cuestiones, pero, mientras tanto, es un alivio saber que el severo régimen sancionador que acompañaba al modelo 720 y al incumplimiento de la obligación de información sobre criptomonedas, ha sido declarado nulo por el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) al vulnerar el principio de libre circulación de capitales.

¿Existen otras obligaciones de información en España?

También se establece una nueva obligación de suministro de información a cargo de los “Exchange” (plataformas digitales que permiten intercambiar monedas) situados en España que deberán informar de saldos y de las operaciones realizadas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos)

Hasta la fecha, la Administración tributaria no tiene medios de conocer las transacciones realizadas con criptomonedas ya que su trazabilidad es muy compleja, pero con la información que reciban de los particulares y de los “Exchange" se reforzará el control tributario sobre los hechos imponibles relativos a estos activos sobre los que todavía, existe una gran incertidumbre a pesar de las contestaciones a consulta que va emitiendo la Dirección General de Tributos.

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