El DOGC publica la prórroga de las restricciones en Cataluña sin el toque de queda tras el aval de la justicia

Un cartel en un bar avisa de que hay que mostrar el pasaporte Covid.
Un cartel en un bar avisa de que hay que mostrar el pasaporte Covid.
ACN
Un cartel en un bar avisa de que hay que mostrar el pasaporte Covid.

El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado este jueves por la tarde la resolución que regula las restricciones por la pandemia de coronavirus entre las que ya no se incluye el toque de queda, que se levantará esta madrugada, pero sí otras medidas que afectan a derechos fundamentales tras recibir el aval del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

En concreto, la resolución incluye la limitación de las reuniones sociales a un máximo de 10 personas tanto en el exterior como en el interior y en el ámbito público y privado, entrará en vigor la madrugada del jueves al viernes y tiene una vigencia de una semana.

Asimismo, sigue siendo obligatorio enseñar el pasaporte Covid para acceder a determinadas actividades no esenciales en espacios cerrados como la restauración, salas de actividad deportiva, gimnasios, salas de concierto, cafés teatro, cafés concierto y restaurantes musicales.

También estipula el cierre de los establecimientos del ocio nocturno y la capacidad máxima en el interior de bares y restaurantes sigue siendo del 50%, mientras que el aforo de comercios y empresas de servicios es del 70%, el mismo que en el interior de instalaciones y equipamientos deportivos.

El aforo de las salas de conciertos, teatros, cines, auditorios y circos se mantiene al 70%, un porcentaje que también se aplica en velatorios, entierros y otras ceremonias.

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