La Audiencia de Madrid absuelve a un profesor que daba palmadas en el culo a niñas de 11 años: "No hay sesgo sexual"

Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid.
Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid.
Europa Press
Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid.

Palmadas suaves en el trasero, varios abrazos o meter un dedo entre el elástico de la falda y la cintura. Son comportamientos que tuvo un profesor del colegio Santa María de la Asunción, en Madrid, con cuatro alumnas de 11 años. Por estas conductas fue acusado de abuso sexual, aunque finalmente, ha sido absuelto al no apreciar los magistrados "sesgo sexual" en dichos movimientos. Así consta en una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, contra la que cabe recurso. La Fiscalía y las acusaciones particulares solicitaban para él 16 años de prisión.

El acusado trabajó en el centro educativo durante cinco meses, desde septiembre de 2017 hasta enero de 2018. En la sentencia se considera probado que en ese tiempo llevó a cabo dichos comportamientos, entre los que también destacaba el hecho de indicarle a las niñas que se sentaran encima de su rodilla, caricias el pelo, la mano o la espalda, hacerles cosquillas, hablarles en voz baja muy próximo al oído o besarles en los mofletes. Sin embargo, el tribunal considera que lo hacía con el ánimo de "conseguir en el aula un ambiente amistoso, relajado y de una cierta familiaridad y confianza", lo que se traduce en su absolución. 

Para justificarla, los magistrados exponen que los actos los llevaba a cabo "cuando se encontraba en clase o en el patio y en presencia de otros alumnos". Añaden que ninguno de los tocamientos se realizó sobre los órganos sexuales de las menores (como la zona vaginal o pectoral). Además, tildan de "inocuas" las cosas que les susurraba a las menores, aunque a una de ellas llegó a decirle que podía romper "los corazones" que la pequeña de 11 años quisiera. "Las palmadas en el culo consistían en un toque, por encima de la ropa, pequeño, flojito, que no hacía daño, amigable", continúa la sentencia.

Por todo ello, la Sala reivindica el principio 'in dubio pro reo', que marca que en caso de dudas respecto a las pruebas, la balanza se ha de inclinar hacia el acusado, favoreciendo su presunción de inocencia. Además, los jueces también exponen que el centro prescindió del profesor en cuanto tuvo conocimiento del listado de quince comportamientos que las cuatro alumnas detallaron ante el juez de instrucción. En esa declaración, las cuatro advirtieron que el acusado les obligaba a abrazarle, les hacía masajes y también cosquillas en la espalda.

La sentencia está fechada el pasado 18 de octubre, un mes después de celebrarse la vista oral en la Audiencia Provincial de Madrid. En la misma, que se desarrolló a puerta cerrada, el acusado no declaró, lo que tiene un "efecto neutro" sobre la valoración de la prueba. Es decir, no tiene importancia respecto al veredicto final. En la instrucción, en cambio, sí habló y llegó a reconocer "acercamientos", aunque, como ahora añade la sentencia, rechazó que tuvieran "ánimo libidinoso". 

Este último argumento, no obstante, no fue suficiente para la Fiscalía y para las acusaciones particulares, que pidieron para él 16 años de prisión. En su escrito de acusación, el Ministerio Público llegó a asegurar que el profesor abusó sexualmente de las menores "de forma reiterada" con los tocamientos narrados anteriormente. El letrado de dos de las familias, Miguel Ángel Rubio Sánchez, insistió en que él mismo reconoció que les daba "nalgadas" y se mostró favorable de que la sentencia sería condenatoria por "la unidad del relato de las familias y de las menores", algo que finalmente no ha ocurrido. Además, contó que las familias no se sintieron arropadas por el colegio y que la evolución psicológica de las menores no era favorable ante el trauma ocasionado.

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