Multas de 600.000€, cursos para dueños, prohibición de venta en tiendas... claves de la futura ley de protección animal

Una persona acaricia a un perro.
Una persona acaricia a un perro.
PIXABAY
Una persona acaricia a un perro.

El Gobierno ha presentado el anteproyecto de ley de Protección y Derechos de los Animales, antes denominado de Bienestar Animal. El texto, sometido ahora a información pública, contempla multas de hasta 600.000 euros, prohíbe la venta de animales en tiendas, establece cursos para los dueños que faciliten una tenencia responsable y permite retirar un animal de compañía si no se garantizan sus derechos y su desarrollo saludable, entre otros. 

“El principal objetivo de esta Ley no es tanto el garantizar el bienestar de los animales evaluando las condiciones que se le ofrecen, sino el regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad. Por tanto, no regula a los animales como un elemento más dentro de nuestra actividad económica a los que se deban unas condiciones por su capacidad sentir, sino que regula nuestro comportamiento hacia ellos como seres vivos dentro de nuestro entorno de convivencia”, defiende el texto en su  exposición de motivos.

Aunque se trata de un borrador que puede sufrir cambios, la intención del Ejecutivo es que pueda llegar al Consejo de Ministros antes de diciembre. A la espera de posibles cambios, a continuación detallamos las principales claves de la futura norma: 

Cursos formativos para los dueños

El texto incluye como una de las principales novedades en materia de protección animal el requisito de que los dueños de animales de compañía "superen un curso formativo" que facilite una "tenencia responsable del animal" y de que suscriban un seguro de responsabilidad civil. Mediante esta formación, se pretende que el propietario desarrolle unos conocimientos básicos "en el manejo, cuidado y tenencia de animales".

Prohibido el sacrificio y su exposición en belenes o cabalgatas

Otro punto que introduce la futura legislación es la prohibición de sacrificar animales de compañía, salvo por "razones sanitarias o eutanásicas", o el impedimento de emplearlos como reclamo publicitario si no existe autorización previa. Además, queda prohibida su integración en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones "donde se mantenga al animal de forma antinatural".

Los perros no se podrán dejar solo más de 24 horas

Para intentar evitar que los dueños de los animales de compañía los dejen sin supervisión durante mucho tiempo, como sucede en ocasiones en periodos vacacionales, la norma establece en tres días el tiempo máximo que se puede dejar sin vigilancia a cualquier animal de compañía, aunque menciona que, en el caso de los perros, dicho plazo no podrá superar las veinticuatro horas consecutivas.

Pagarán un suplemento por subir en un taxi o VTC

Igualmente, el anteproyecto regula el acceso a transportes públicos y privados a aquellos animales de compañía que "no constituyan un riesgo para las personas" y fija que los conductores de taxis y VTC que los acepten en sus vehículos tienen "el derecho a percibir un suplemento" establecido previamente por la autoridad competente.

Los negocios que impidan su entrada deberán poner un cartel visible

En este sentido, destaca que los establecimientos públicos y privados "como alojamientos hoteleros, playas, restaurantes o bares" que no permitan la entrada y estancia de animales deberán mostrarlo mediante un indicativo "visible desde el exterior" que lo señale.

Solo se permitirá la venta en tiendas de peces

Con respecto a su comercialización, quedará prohibida la venta de especies en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces.

El dueño responderá por los daños que cause el animal

El texto recoge que "la persona responsable de un animal, y subsidiariamente su titular, será también responsable de los posibles daños, perjuicios o molestias que pudiera ocasionar a personas, otros animales o cosas, a las vías

y espacios públicos y al medio natural, de conformidad con la legislación aplicable". 

Sanciones: de 600 a 600.000 euros

En el apartado de sanciones, se distinguen tres tipos diferentes: leves, graves y muy graves. En el caso de las infracciones leves, las multas oscilarán entre 600 y 30.000 euros; en las graves, entre 30.001 y 100.000 euros, y en las muy graves, 100.001 y 600.000 euros.

Además, se disponen como sanciones accesorias, como el decomiso del animal y su entrega a una entidad de protección o la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales "por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves".

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