La Audiencia Nacional cierra la investigación contra Brahim Ghali y descarta imputarlo por genocidio

El líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, en una imagen de archivo. 1/6/2019 ONLY FOR USE IN SPAIN
El líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, en una imagen de archivo. 1/6/2019 ONLY FOR USE IN SPAIN
DPA vía Europa Press
El líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, en una imagen de archivo. 1/6/2019 ONLY FOR USE IN SPAIN

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha finalizado la investigación por la presunta comisión de un delito de genocidio contra el líder del Frente Polisario Brahim Ghali sin proceder a su imputación al entender que los hechos que dieron lugar a la querella, ocurridos entre 1975 y 1990, estarían prescritos y no cumplen todas las características del tipo penal en sí. El movimiento de Pedraz llega después de que la Audiencia le corrigiera la semana pasada y anulase el sobreseimiento de la causa por un defecto procesal.

La querella que dio lugar a la apertura del sumario tuvo lugar en 2007 y fue presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos contra 13 militares marroquíes entre los que se encontraba Ghali, que fue ministro de Defensa del Frente Polisario y actualmente ejerce como cabeza visible. Los denunciantes exponían que varias personalidades del pueblo saharaui habrían sido encarcelados y torturados entre 1975 y 1990

El juez Pedraz asegura que el plazo para que comience la prescripción del presunto delito comienza cuando termina la comisión del mismo y el plazo para que prescribiera era de 20 años, según el Código Penal de 1973, que regía entonces. Dicho esto, la otra fecha clave es la admisión de la querella, hecho que se produjo el 16 de agosto de 2012, ya cumplido el plazo de prescripción.  "Quedaría constatado que ha transcurrido el plazo previsto aplicable al momento de los hechos como ley penal más favorable en cuanto que no contempla la regulación del delito de genocidio imputado en la querella", señala Pedraz en el auto de conclusión del sumario al que ha tenido acceso 20Minutos.

El otro argumento que señala el magistrado para finalizar la instrucción sin imputación es que los hechos denunciados encajasen dentro del tipo penal de genocidio. "Las conductas expuestas en la querella no integran todos los elementos del delito de genocidio", expone, poniendo como ejemplo que no se acredita "la intención conjunta que guía según la querella a los asesinatos y torturas" y "no hay rastros de esos subgrupos en los que dividen al pueblo saharaui". Sentencia Pedraz que "se trata de forzar la norma penal para lograr la calificación indicada".

Además, el magistrado aprecia "una insuficiencia manifiesta de detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo de los hechos, detalles concretos de la participación del querellado Brahim Ghali, como la descripción del cargo que ocupaba", y eso, opina, "resta credibilidad a los testimonios prestados e impide mantener la imputación contra el querellado”. El auto de Pedraz llega días después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia le corrigiera tras un defecto procesa. Según expuso el tribunal, los delitos como los de genocidio deben ser tramitados como sumarios y no como diligencias previas, un error que ahora queda subsanado.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento