El DOG ya recoge el aval a las restricciones sanitarias otorgado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

El Diario Oficial de Galica (DOG) ya recoge el aval a las restricciones sanitarias otorgado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la mañana de este viernes, para lo que la Xunta ha publicado un 'bis' del documento oficial con la autorización judicial.

El TSXG ha avalado la decisión de la Xunta de mantener la limitación, en toda la comunidad autónoma, del número de personas que se pueden reunir en espacios públicos o privados -seis, en interiores; y diez, en exteriores-, así como a prohibir encuentros con no convivientes entre las 03,00 horas y las 06,00 horas de la madrugada.

Tal y como ha señalado en el auto, los magistrados entienden que las limitaciones "no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social". Además, concluyen que las medidas son "idóneas, necesarias y proporcionadas".

Según se indica en el DOG, las nuevas medidas "precisan de la autorización judicial para su eficacia" y así, tras la concesión de la misma, entrarán en vigor este sábado 7 de agosto y, de no producirse cambios significativos en la evolución epidemiológica, se mantendrán hasta el 21 de agosto.

Las zonas en riesgo máximo, además de la prohibición a los no convivientes de reunirse durante la madrugada y las limitaciones a seis personas en interiores y diez en exteriores durante el resto del día, cierran su ocio nocturno y deberán exigir certificado covid-19 para acceder al interior de locales de hostelería, cuyo aforo estará limitado al 30%. En terrazas, el aforo será del 50% y de acceso libre.

EN RIESGO ALTO

Además de las prohibición de reunirse a no convivientes durante la madrugada y las limitaciones en durante el resto del día, los municipios en nivel alto también cierran sus locales de ocio nocturno y exigirán certificado covid-19 para acceder al interior de locales de hostelería, cuyo aforo estará limitado al 50%, igual que los exteriores -de acceso libre-.

NIVEL MEDIO Y MEDIO-BAJO

Los vecinos de ayuntamientos de nivel medio dispondrán de locales de hostelería, sin necesidad de certificados covid-19, al 50% de su capacidad -tanto en interior como en terrazas-. Donde sí necesitarán certificados es para el ocio nocturno, que abre hasta las 3,00 horas. Además, las reuniones de no convivientes entre las 3,00 horas y las 6,00 horas de la madrugada están prohibidas, mientras que durante el resto de horas, deberán ser de un máximo de seis personas en el interior y de diez en el exterior.

En el nivel medio-bajo, los ayuntamientos contarán con la hostelería con un 100% de aforo en terrazas y 50% en interior, sin necesidad de certificados covid; mientras que el ocio nocturno abre hasta las 3,00 horas, con la obligatoriedad de presentar certificados. Las reuniones de no convivientes entre las 3 y las 6 de la madrugada están prohibidas, y para el resto de horas, deberán ser de un máximo de seis personas en el interior y de diez en el exterior.

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