Ciudadanos presenta una enmienda a la totalidad al proyecto de modificación de la Ley de Salud

La portavoz del grupo parlamentario de Ciudadanos en la Junta General del Principado, Susana Fernández, ha registrado este lunes una enmienda a la totalidad al proyecto de Ley del Principado de Asturias de primera modificación de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. La portavoz ha justificado la devolución del texto al Consejo de Gobierno porque "adolece de una serie de defectos de tipo legal y normativo que hacen inviable su aprobación, tal y como puso de relieve el informe emitido por los servicios jurídicos de la Cámara".

En una nota de prensa, Fernández ha insistido en que las situaciones de emergencia sanitaria "deben abordarse en base a un criterio de unidad de acción nacional" que otorgue "seguridad jurídica" a las comunidades autónomas, sin perjuicio de las competencias exclusivas transferidas en materia de sanidad.

Respecto al proyecto legislativo, ha explicado que la única diferencia respecto a la actual Ley es que "ahora mismo la declaración de emergencia por crisis sanitaria se adopta desde la Consejería de Salud y pasaría a ser aprobada por Consejo de Gobierno", con el consiguiente control por parte de la Junta General. "Lo curioso es que conforme a lo expuesto puede darse la situación de que sea el propio consejero de Salud el que pueda seguir aplicando la Ley sin el control formalizado de la Cámara", ha señalado.

"En resumidas cuentas, se complica todo para llegar al mismo lugar; si el titular de Salud puede seguir adoptando las medidas de urgencia, ¿para qué añadir un trámite como el del Consejo de Gobierno que, lejos de agilizar el procedimiento, lo ralentiza?", se ha preguntado.

La parlamentaria ha aclarado que el proyecto de Ley define el concepto de crisis sanitaria en "términos jurídicamente indeterminados", que al no ser objeto de concreción posterior "quedan sujetos a una indefinición que trasciende la potestad discrecional por parte del Ejecutivo, que tendría que ser concretada en base a jurisprudencia".

Hasta tal punto, ha añadido, que el texto legal no especifica el tipo o número de informes técnicos y sanitarios que serían necesarios para esta declaración, "ni siquiera los organismos que deberían emitir su criterio al respecto". "Así pues, la presente norma lejos de tener un carácter sustantivo, tiene un carácter meramente procedimental, que lejos de simplificar la tramitación, la hace más compleja", ha añadido.

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