Los planes de la Comunidad de Madrid para cuando decaiga el Estado de Alarma

Un agente de la Guardia Civil vigila durante un control en Madrid.
Un agente de la Guardia Civil vigila durante un control en Madrid.
EUROPA PRESS
Un agente de la Guardia Civil vigila durante un control en Madrid.

El 9 de mayo será el "punto y final" del estado de alarma. Al menos, así lo quiere el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que el pasado martes anunció que su intención es no prolongar más esta medida extraordinaria.

Este instrumento legal ha permitido aplicar algunas restricciones de movilidad como el cierre perimetral de las comunidades o el toque de queda nocturno. Pero, ¿y qué sucederá cuando finalice? ¿Podrá Madrid limitar la movilidad por áreas sanitarias, barrios, distritos o municipios?

El viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, anunció este viernes que se prorrogarán las restricciones vigentes hasta el 9 de mayo. Más allá de esta fecha, Zapatero señaló que se tomarán las medidas en función de la evolución de la pandemia en la primera semana de mayo, al tiempo que destacó su confianza en el efecto de inmunización de la población.

Desde el Gobierno regional, aseguran que tienen en "valor todas las opciones" que permita la ley a la ahora de establecer las medidas más oportunas para seguir "conteniendo al coronavirus" y "protegiendo a la población".

Esta semana, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, aseguró que cuando finalice el estado de alarma "los toques de queda habrá que ir relajándolos". Sin embargo, añadió, que tendrá que solicitar amparo a los tribunales "para que me digan qué puedo hacer".

El estado de alarma ha servido de paraguas para que las autonomías impongan una serie de restricciones que afectan a la libre circulación de las personas. Con la aprobación del Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre, se dejaba en manos de las comunidades la aplicación, modificación o eliminación de todas las medidas de restricción en función de la situación epidemiológica.

Si no se prorroga este el real decreto, el estado de alarma terminará y conllevará la caída de cuatro medidas concretas: toque de queda nocturno; el cierre perimetral entre comunidades; la prohibición de reuniones de más de seis personas tanto en espacios públicos como privados y la limitación de aforos en lugares de culto.

Sin estado de alarma, la clave estará en la Ley de Salud Pública

Para adoptar nuevas restricciones, ayuntamientos y comunidades tendrán que basarse de nuevo en la Ley de Salud Pública de 1986, que habilita a las distintas administraciones públicas a decretar medidas especiales por razones sanitarias de urgencia o necesidad. Pero no avalan explícitamente medidas que afectan a los derechos fundamentales.

Esta ley en su artículo tres señala que: "Con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible".

Si bien este marco legal es bastante genérico, los gobiernos autonómicos si podrían implantar cierres perimetrales dentro de su territorio, pero a un nivel inferior, nunca de toda una comunidad autónoma.

Por ejemplo por áreas sanitarias, Madrid lo ha hecho así durante seis meses e incluso antes de que se decretara el estado de alarma. Además, el Ejecutivo regional tendrá la opción de limitar la movilidad por barrios, distritos o municipios, como alternativa.

No obstante estas medidas deben ser avaladas por la justicia, por lo que podrían ser denegadas por un tribunal. 

De igual manera, la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, recoge una serie de medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria y que no necesitan autorización judicial para aplicarse, como el control de aforos o el control horario de la actividad comercial.

Conocida como "normativa de la nueva normalidad", incluye una serie de preceptos que pueden aplicar tanto el Gobierno, como las comunidades autónomas o las entidades locales (municipios, comarcas o áreas metropolitanas).

Algunos de las medidas que establece esta normativa incluye la obligatoriedad de llevar mascarilla en cualquier espacio público (ya sea cerrado o al aire libre), además de en medios de transporte (lo que incluye el coche aunque solo si viajan miembros distintos a la unidad de convivencia), y asimismo medidas aplicables al aforo en hostelería, hoteles, centros deportivos, establecimientos comerciales, emplazamientos culturales o centros de trabajo, entre otros.

El Consejo Interterritorial tomará las decisiones

Una vez que decaiga el estado de alarma, Sánchez aseguró que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, donde están representados el Ministerio de Sanidad y también los consejeros de las Comunidades Autónomas, será el encargado de tomar las decisiones oportunas sobre la gestión de la pandemia.

Sin embargo, para el experto en Derecho Constitucional de la Universidad de Granada Agustín Ruiz Robledo, el Consejo Interterritorial de Salud no tiene "competencias" para acordar y coordinar este tipo de actuaciones y recuerda que para las medidas que restringen derechos fundamentales como la movilidad o el cierre de comercios -que afecta a la "libertad de empresa"- es necesaria "una autorización judicial".

Sin instrumento jurídico intermedio

Hay varias comunidades que han valorado de forma positiva el fin del estado de alarma. Sin embargo, otros gobiernos autonómicos han criticado que finalice este instrumento sin plantear una alternativa jurídica que les avale para instaurar restricciones.

Por ejemplo, la Junta de Castilla y León, señaló que llevan casi un año solicitando al Ejecutivo un "instrumento jurídico intermedio" que le "permita actuar de forma ágil contra el virus sin tener que recurrir al estado de alarma". 

En la misma línea se pronunció Galicia, que también exigió una alternativa ya que España carece de una "legislación estatal para gestionar la pandemia". Además ha criticado que el Gobierno haya adoptado la decisión de no prorrogar el estado de alarma sin haber consultado a las comunidades.

Así, algunas regiones ya han comenzado a prepararse para dar respuesta a lo que sucederá tras el 9 de mayo para seguir aplicando medidas preventivas. Es el caso de Euskadi, que ya anunció hace unos días que está preparando un nuevo decreto para contrarrestar este vacío legal buscando asesoramiento jurídico para mantener algunas de las restricciones actuales.

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