Requisitos para optar a las oposiciones de 765 plazas de auxiliares administrativos en la Comunidad de Madrid

  • La Comunidad de Madrid ha abierto un nuevo plazo de solicitudes, ya que se ha ampliado el número de plazas.
Archivo - Trabajadores en una oficina.
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EUROPA PRESS - Archivo
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El pasado viernes 16 de abril de 2021, se publicó en el BOCM la Orden 539/2021, de 9 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, con la ampliación del número de plazas para las oposiciones de auxiliar administrativo de la Comunidad de Madrid, por lo que hay un total de 765 plazas disponibles en esta convocatoria 2021. 

Los aspirantes que quieran opositar para una de las plazas deberán hacer la inscripción en el plazo que va desde el 19 de abril de 2021 y hasta el 17 de mayo de 2021, ambos días incluidos. 

Requisitos que deben cumplir los opositores

En primer lugar, todas las personas que quieran presentarse deberán rellenar el formulario de solicitud a través de los canales electrónicos, después de haber pagado las tasas correspondientes. Para ello, habrá que seguir las instrucciones que se aclaran en el de la Orden 1916/2019, a través de este enlace, accediendo sin certificado. 

Una vez cumplimentado, habrá que guardarlo en PDF, imprimirlo y firmarlo. Después, se llevará a cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, que pueden consultarse en el siguiente enlace

Además de los trámites, explicados en las mencionadas órdenes publicadas en el BOCM y detalladas en este documento con las instrucciones para rellenar la solicitud, también habrá que cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes, recogidos en la Orden 290/2018, de 27 de junio

  1. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes al mismo.
  2. Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o, en su caso, de la edad máxima que se establezca por razón de las características especiales.
  3. Nacionalidad: deberá tener la nacionalidad española o podrán participar, salvo las excepciones contempladas en el artículo 9 del Decreto 230/2001, de 11 de octubre, los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. También las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
  4. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo, escala y/o especialidad al que se pretende acceder.
  5. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos.
  6. No ostentar la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala sobre el que versa el presente proceso selectivo y, en el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

Si se cumplen estos requisitos generales, hay que pasar las pruebas de oposición para conseguir la plaza. Además, hay que tener en cuenta que las personas que ya presentaron la solicitud en el plazo anterior a la ampliación de plazas, no deben presentarla de nuevo. 

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