La Asamblea de Madrid presenta el recurso contra el adelanto electoral de Ayuso y pide medidas cautelarísimas

  • El TSJM ha recibido el recurso hacia las 11.00 horas de este viernes. Tiene un máximo de 48 horas para fallar.
Vista del hemiciclo de la Asamblea de Madrid.
Vista del hemiciclo de la Asamblea de Madrid.
Chema Moya/ Efe
Vista del hemiciclo de la Asamblea de Madrid.

El recurso de la Mesa de la Diputación Permanente de la Asamblea de Madrid contra el adelanto electoral que ordenó el pasado miércoles la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, ya ha sido enviado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

De acuerdo con fuentes judiciales, el recurso, que se comenzó a redactar este jueves tras el acuerdo de la Mesa que se reunió de urgencia, ha sido presentado hacia las 11.00 horas de este viernes. Se ha dejado pasar un día desde la publicación del decreto de la presidenta porque, al parecer, este es el plazo establecido mínimo establecido para interponer recursos en el orden contencioso-administrativo. 

Serán los magistrados de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, especializada en dirimir sobre Decretos que dicta el legislativo, los que decidan sobre este asunto. El recurso va acompañado de la solicitud de adopción de medidas cautelarísimas, lo que supone que los magistrados tendrán que decidir en un plazo máximo de dos días. Con el fin de semana de por medio, que no se considera hábil para la justicia, el último día que tendrán los magistrados para fallar su decisión será el próximo martes.

Consulte el Recurso de la Asamblea al adelanto electoral de Ayuso
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El recurso redactado por los servicios jurídicos de la Asamblea considera que el decreto de disolución de la cámara firmado por la presidenta el miércoles es "nulo de pleno Derecho" porque en el momento de su entrada en vigor "ya se habían admitido presentado y admitido a trámite dos mociones de censura. "Ello implica que la facultad de disolución que ostenta la presidenta de la Comunidad se ha hecho efectiva con posterioridad a la existencia de uno de los límites infranqueables que le impone el Estatuto de Autonomía", en el artículo 21.2.  

La Asamblea se considera legitimada a presentar el recurso, en contra de lo que sostienen PP y Vox, porque tiene "interés directo en la medida en que el decreto de disolución determina la imposibilidad del ejercicio de las funciones parlamentarias previstas en el artículo 9 y siguientes del Estatuto de Autonomía".

Este recurso debe esclarecer, por tanto, si la Asamblea aún estaba en funcionamiento cuando Más Madrid y PSOE presentaron sus mociones de censura o si la cámara ya había sido disuelta al haber firmado antes la presidenta el decreto de adelanto electoral.

La aceptación de las cautelarísimas a la espera de que se estudie el fondo del asunto supondría, según algunas fuentes parlamentarias, que la Asamblea retomaría su actividad -ahora mismo suspendida- y continuarían sus trámites, entre los que figuran las mociones de censura de Más Madrid y PSOE, que culminarían antes del 4 de mayo, día previsto para las elecciones en Madrid.

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