A los Catorce, a los quince, ¿por qué no sexo a los dieciséis años?

  • Expertos y legisladores coinciden en la necesidad de elevar la edad mínima en la que un menor puede mantener relaciones consentidas.
  • En España la edad legal mínima es 13 años.
  • En el resto de países de la Unión Europea la edad límite oscila entre los 15 y los 16 años
Imagen de una pareja abrazándose.
Imagen de una pareja abrazándose.
FAINCUT/SXC.HU
Imagen de una pareja abrazándose.

Nadie duda, desde psicólogos, sexólogos, educadores..., hasta los legisladores, de la necesidad de elevar la edad mínima -13 años, según el Código Penal- en la que un menor puede mantener relaciones sexuales consentidas.

Una cuestión delicada que el Gobierno deberá acometer en breve por decisión unánime del Congreso. A mediados de febrero, el pleno del Congreso de los Diputados aprobaba por unanimidad una proposición no de ley del PNV para instar al Gobierno a endurecer las penas para los pederastas en el Código Penal y, además, elevar la edad mínima para mantener relaciones sexuales consentidas.

En el resto de países de la Unión Europea la edad límite oscila entre los 15 y los 16 años, momento en el que el adolescente está, al menos en teoría, psicológicamente más maduro para entender lo que supone el sexo, y las consecuencias que puede tener.

Un convenio del Consejo de Europa, no ratificado por España, recomienda esas mismas edades. "Trece años es demasiado precoz, totalmente inadecuada", apunta Emilio Olabarria, defensor de la iniciativa parlamentaria del PNV ante el pleno del Congreso.

"La edad es, en estos temas, una cuestión cuanto menos vidriosa, y fijar un límite hasta cierto punto arbitrario; pero es necesario", insiste el diputado en declaraciones a Efe. Olabarria plantea "una reflexión profunda" y aconseja que, antes de tomar una decisión, el Gobierno pida opinión a psicólogos, sexólogos, psiquiatras o docentes, entre otros profesionales. Elevar dicha edad "debe hacerse con el máximo consenso", insiste.

Suma prudencia

"Admitiendo que las modificaciones legislativas son lógicas y necesarias a la vista de la evolución constante de la sociedad, y de la aparición de nuevas o distintas conductas, lo cierto es que deben hacerse con suma prudencia al tratarse de normas de prohibición desarrolladas dentro del ámbito del Derecho Penal", advierte a EFE la juez de menores María Jesús Millán de las Heras.

Fijar la edad a la que hace referencia el artículo 180.3 del Código Penal (13 años) "debe tener en cuenta -añade la juez- las distintas conductas que se pueden ver afectadas".

"No es infrecuente, dentro de la forma de actuar habitual de los adolescentes -continúa-, que formen parejas antes de la mayoría de edad (a los 14, a los 15) y que mantengan relaciones sexuales con pleno conocimiento de sus progenitores. A veces se da el caso de que, incluso, los recogen para convivir como pareja en el domicilio familiar".

Por ello, apela a la necesidad de tener en cuenta "todas aquellas conductas que, existiendo y estando consolidadas en nuestra sociedad, se pueden ver afectadas a fin de evitar convertir en ilícitas situaciones que hasta el momento son permitidas y no se ven como tal".

A la titular del juzgado de menores número 4 de Madrid le llama la atención que "este tipo de modificaciones" contraste "con otras, como la de permitir a las menores de dieciséis años prestar su consentimiento para abortar sin autorización paterna", como prevé el Gobierno en su propuesta de modificación de la legislación del aborto.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) manejados por el Ministerio de Sanidad, de cada 1.000 abortos practicados en 2007, el 13,79 por ciento fue en chicas de hasta 19 años, más del doble que en 1998, cuando fue del 5,7.

Ese mismo año, también según el INE, hubo en España casi medio millón de nacimientos. En 148 casos la madre tenía menos de 15 años, 516 habían cumplido 15, 1.319 tenían 16 y 2.673 un año más, 17. Los estudios oficiales apuntan a una edad media de inicio en el sexo de 16,5 años en el caso de los chicos y de 16,9 en las chicas. Pero disminuye a pasos agigantados.

Grado de madurez

Según el último Informe sobre la Juventud en España (2008), el 83,3% de los embarazos no deseados en chicas de entre 15 y 17 años se resolvió con un aborto, espontáneo en el 50% de los casos y "por otros motivos" en el 33,3%.

Datos todos ellos que hablan de un problema complejo. "La sexualidad ha de ayudar a crecer paulatinamente como personas responsables y libres. Estar maduro biológicamente no quiere decir que se haya madurado psicológicamente. Esto es lo que sucede en muchos adolescentes: muy desarrollados físicamente, pero todavía inmaduros", comenta a Efe el psicólogo y pedagogo Valentín Martínez-Otero.

A este profesor de la Facultad de Educación de la Universidad Complutense le parece bien que se eleve la edad legal en la que un menor puede practicar sexo consentido, si bien entiende que un adolescente a los 14 años, y "menos a los trece", es fácil que no esté maduro para ello. "Puede ayudar la medida, aunque no sea una garantía plena", insiste.

Martínez Otero enfatiza el "valor de la educación", una educación "integral" en materia de sexualidad, que debería comenzar, opina, en la temprana infancia, a los 3 años, "con información apropiada y un lenguaje comprensible".

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