El juez archiva la causa de las obras de la sede de Podemos pero mantiene la investigación sobre Neurona

  • El magistrado acuerda el sobreseimiento de otra de las aristas de las denuncias de Calvente.
  • El exabogado denunció un sobrecoste de hasta 600.000 euros que el juez ahora rechaza.
  • ​Respecto a los gastos electorales de Neurona, la formación continúa imputada.
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, durante una sesión de control al Ejecutivo, en Madrid (España), a 16 de diciembre de 2020. Esta sesión de control al Gobierno se celebra tras siete horas de debate sobre el estado d
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, durante una sesión de control al Ejecutivo, en Madrid (España), a 16 de diciembre de 2020.
RRF
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, durante una sesión de control al Ejecutivo, en Madrid (España), a 16 de diciembre de 2020. Esta sesión de control al Gobierno se celebra tras siete horas de debate sobre el estado d

Podemos no desvió el dinero previsto para la reforma de su nueva sede, situada en Ciudad Lineal. Así queda probado en un auto firmado por el juez Juan José Escalonilla, en el que el magistrado acuerda el sobreseimiento de la causa denunciada por el exabogado de la formación José Manuel Calvente. El denunciante acusó al partido de haber inflado el presupuesto de la obra para desviarlo, un extremo que el juez rechaza. Eso sí, Escalonilla ve probado que Podemos no licitó las obras correctamente, aunque eso no es constitutivo de delito. Con todo, mantiene a los de Pablo Iglesias imputados en la causa que investiga pagos electorales a la consultora Neurona.

Según se recuerda en el escrito al que ha tenido acceso 20Minutos, en una de sus denuncias (la mayoría ya archivadas), Calvente expuso la divergencia entre el precio de licitación de las obras de rehabilitación de la sede (poco menos de 650.000 euros) y su coste final (1.361.055 euros). Sin embargo, el magistrado, tras escuchar a los diferentes testigos, achaca esta diferencia a que el primer presupuesto "no se correspondía a la realidad". 

"Señaló que en dicho Proyecto Básico se valoró el precio total de la ejecución material de las obras de reforma en la cantidad de 630.710 euros, que en el Proyecto de Ejecución se incrementó a 649.936,68 euros como consecuencia de unas mínimas variaciones sobre el Proyecto Básico. Manifestó que por ello la adjudicación por importe de 1.236.661,14 euros se correspondía con el precio real de mercado, aclarando igualmente que finalmente el coste de las obras ascendió a 1.498.680,51 euros, tras una desviación de la obra, por mejoras, equivalente al 21,19% del importe total", reza el documento en referencia a una declaración clave en el caso, la del arquitecto del proyecto, Manuel Campos García.

Lo que sí afea el juez a Podemos es que no licitara "realmente" las obras de su sede, "incumpliendo" la ley sobre financiación de partidos políticos. Para más inri, cita Escalonilla la disposición que establece que "los procedimientos de contratación de los partidos políticos se inspirarán en los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación". Los que realizaron los trabajos fueron directamente contactados por el arquitecto encargado de la obra, sin concurso público. Aunque esto no es constitutivo de delito, como recuerda el magistrado.

"Dicha falta de licitación pública de dichas obras de rehabilitación no constituye delito alguno. Y en relación con la divergencia existente entre el precio de licitación de dichas obras y el precio de adjudicación, consta indiciariamente acreditado, tal y como se ha expuesto con anterioridad, que fue debido a una valoración de las obras en el proyecto Básico y en el proyecto de Ejecución no conforme con el valor de mercado, con la finalidad cabe entender de pagar un importe inferior por el impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, sin que conste por tanto que con el dinero por el que se adjudicaron las obras se haya realizado pagos ajenos a las obras de rehabilitación ejecutadas en el edificio", continúa el auto.

También queda archivada la denuncia en la que Calvente acusó a Podemos de cometer un presunto delito de revelación de secretos y vulneración de la intimidad por, supuestamente, haber accedido al ordenador de la abogada Marta Flor sin su permiso. Dice el juez que de confirmarse, sería constitutivo de delito, pero que no puede demostrarlo al no existir una denuncia de la afectada.

En otro auto, Escalonilla acuerda el no sobreseimiento de la causa en la que se investiga si la consultora Neurona realizó trabajos electorales en las elecciones generales de 2019 por los que recibieron más de 350.000 euros o si fueron simulados. Además, mantiene como actor imputado a Podemos. Según fuentes judiciales, lo hace así pese a que “no existen indicios” de delito alguno derivados de las diligencias practicadas, por resultar "más garantista" para la organización.

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